De este modo, la Administración podrá comprobar que los reconocimientos son el resultado de una exploración completa del estado de salud del conductor, que se plasma en esos historiales clínicos.
A partir de ahora, los informes de aptitud psicofísica se deberán emitir en formato telemático en lugar de en papel, y se remitirán por esta vía de manera inmediata al Registro de Conductores e Infractores junto al historial clínico del interesado.
Anualmente, se tramitan unos 4,5 millones de certificados de aptitud, un millón de nuevos conductores y 3,5 millones de renovaciones, que hasta ahora se introducían manualmente por los funcionarios de Tráfico.
Junto a ello, el nuevo reglamento permite a los centros gestionar con la Dirección General de Tráfico (DGT), cuando así lo solicite el interesado, la prórroga de la vigencia de los permisos o licencias de conducción.
Esta medida supone un ahorro para los ciudadanos de más de 7 millones de euros, y de unos tres millones y medio de horas que hasta este momento se perdían en desplazamientos y gestiones administrativas ante Tráfico.
Este registro telemático liberará de trabajo a unos 200 funcionarios de la DGT, quienes podrán dedicarse, entre otras labores, a la inspección y control de calidad de los propios centros de reconocimiento.
Se refuerzan las inspecciones, que investigarán especialmente aquellos centros de los que se sospechen irregularidades en la concesión de los certificados.
Los informes de aptitud psicofísica surtirán efecto en todo el territorio nacional, mientras que en la actualidad sólo podían utilizarse para tramitar los permisos en la Jefatura Provincial de Tráfico donde estuviera ubicado el centro.
Asimismo, los centros de reconocimiento podrán contratar con una clínica la prestación de los servicios de oftalmología, de modo que no será necesario contar con un médico oftalmólogo en el propio centro.
Lo mismo podrá suceder con la figura del director facultativo, que será el responsable de la firma del informe del aptitud psicofísica en aquellos supuestos en que el director del centro no reúna la consideración de facultativo.