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Huelva

Archivada la denuncia por la burla de TV3 a la Virgen del Rocío

El juez no lo considera un atentado al sentimiento religioso y dice que el uso del acento andaluz exagerado puede ofender, pero tampoco es punible

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La polémica sátira sobre la imagen de la Virgen del Rocío realizada en el programa ‘Està passant’ de TV3 el pasado abril y que provocó una denuncia en los juzgados finalmente ha quedado en nada tras provocar numerosas reacciones en contra desde Andalucía, entre ellas las del propio presidente de la Junta, Juanma Moreno, que la consideró que se trata de "una falta de respeto a Andalucía".

El Juzgado de Primera Instancia número 5 de Sant Feliu de Llobregat (Barcelona) ha decidido archivar la denuncia presentada por la Fundación Española de Abogados Cristianos contra los responsables de un programa de TV3, por una sátira sobre la imagen de la Virgen del Rocío. La denuncia fue rechazada al considerar el juez Juan Aguirre García que dicha sátira estaba protegida bajo la libertad de expresión y no atentaba contra el sentimiento religioso.

En abril de este año, TV3 transmitió la sátira en cuestión en el programa "Està passant", en la que la actriz Judit Martín, ataviada como la Virgen del Rocío, y los presentadores, Toni Soler y Jair Domínguez, hicieron bromas sobre temas religiosos y el acento andaluz. La Fundación denunció el 'sketch' como "vejatorio" y, a su juicio, constitutivo de un delito de escarnio contra los sentimientos religiosos. El humorista responsable no se planteó en ningún momento disculparse: "Puedes esperar sentado", respondió en Twitter a la petición de disculpas realizada por Juanma Moreno tras la polémica

DEBATE CRUZADO

Este caso provocó un amplio debate e incluyó declaraciones de los presidentes de Andalucía y Cataluña y la participación de entidades andaluzas. Sin embargo, el magistrado argumentó que la sátira, emitida en prime time, fue realizada por profesionales en el marco de un programa humorístico, y no contenía comentarios que incitaran al odio, hostilidad o violencia contra los católicos.

Respecto al potencial exceso en el uso de la libertad de expresión, el juez expresó que, aunque es "plenamente comprensible y respetable" que el 'gag' pueda incomodar, este sentimiento no es suficiente para entender que ha habido un exceso en la libertad de expresión. El auto recalca que la indignación debe ir acompañada de una "afectación efectiva al derecho a la libertad religiosa".

En su resolución, el juez señaló que la sátira es una forma de expresión artística con una finalidad provocadora y agitadora y que, en este caso, no se apreció ninguna perturbación en la libertad religiosa de los católicos. Además, el magistrado subrayó que el 'gag' no impidió la celebración de actos de culto ni afectó la Semana Santa ni la romería de la Virgen del Rocío.

Sobre la acusación de incitar a la "andaluzofobia", el juez reconoció que se usó un acento andaluz exagerado que puede ofender, pero que esto no implica necesariamente un ejercicio excesivo de la libertad de expresión. "Por tanto, una vez constatado que el gag forma parte del ámbito del contenido del derecho y que su ejercicio no ha sido extralimitado, ha de concluirse que la conducta de los denunciados está amparada en la libertad de expresión", concluyó el juez.

 

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