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Sevilla

Cuatro días de abril y 109 pisos turísticos más para evitar la normativa estatal

La legislación nacional obliga a los propietarios de las viviendas turísticas a obtener previamente el permiso de la comunidad para instalarlas

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  • Candados de pisos turísticos. -

El día 3 de abril de 2025 entraba en vigor la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de Medidas en Materia de Eficiencia del Servicio Público de Justicia. Esta norma incluía una nueva obligación para los propietarios de viviendas de uso turístico (VUT) o de alquiler vacacional: antes del inicio de tal actividad económica debían obtener el permiso de su comunidad (al menos tres quintas partes de los vecinos). Y esta disposición legal ha tenido su reflejo en lo acaecido en Sevilla.

Con esta ley orgánica se modifica la de Propiedad Horizontal. Ahora, en virtud de la primera, el presidente de la comunidad de propietarios podrá requerir al de una vivienda de uso turístico (VUT) que esté actuando sin una autorización del resto de los vecinos la inmediata cesación de la actividad, bajo apercibimiento de inicio de las acciones judiciales pertinentes.

La ley no afectaba a los dueños de viviendas de uso turístico que ya operaban antes del 3 de abril de 2025 y que cumplían la normativa vigente hasta entonces. Sin embargo, si funcionaban sin cumplir la normativa previa, o sin licencia en el caso de que fuera un requisito exigible por las Administraciones Públicas, debían obtenerla antes del citado 3 de abril para así gozar de cobertura jurídica.

La en aquel entonces inminente entrada en vigor de la ley orgánica citada ha tenido un notable efecto en Sevilla capital, como se colige de la siguiente secuencia cronológica, sin precedentes por su magnitud:

-El día 1 de abril se inscribieron en el Registro Oficial de Turismo de la Consejería del ramo de la Junta de Andalucía 48 viviendas de uso turístico radicadas en nuestra ciudad.

-El día 2 de abril se inscribieron 28.

-El día 3 de abril, 12.

-Y el día 4 de abril, ya retrasadas sobre el objetivo de evitar los efectos de la nueva ley, 21.

Por tanto, 109 VUT inscritas en los primeros cuatro días del mes.

Nuevas licencias.

En los veintiséis días restantes de abril fueron inscritas tan sólo dieciséis, lo cual no significa que todas cumplieran las normas, al igual que tampoco las más de cien previas.

Estos números denotan que los propietarios de viviendas que pensaban destinarlas al alquiler vacacional, repartidos por los once distritos de Sevilla, sabían por sí mismos o estaban muy bien asesorados sobre la nueva normativa que iba a entrar en vigor.

Sin embargo, teóricamente no tuvieron en cuenta que en Andalucía ya debía aplicarse con un mes de antelación una normativa específica del Gobierno autónomo presidido por Juanma Moreno y que exigía el mismo requisito que la Ley Orgánica de Eficiencia de la Justicia: el Decreto-Ley 1/2025, de 24 de febrero, de Medidas Urgentes en Materia de Vivienda (Disposición Final Sexta, página 27).

De esa avalancha de inscripciones en los primeros días de abril cabe deducir que sus propietarios trataban de evitar el riesgo de una negativa de sus comunidades de vecinos a autorizarles el uso de sus viviendas con fines turísticos y, por ende, que aún no tenían esas autorizaciones que ya les exigía la Junta de Andalucía a partir del 4 de marzo. ¿Son entonces ilegales todas esas inscripciones?

Deberán determinarlo las Administraciones Públicas competentes, por lo que a efectos periodísticos en este informe sólo podemos verificar las que incumplen los requisitos acordados por el Pleno del Ayuntamiento de Sevilla del 17 de octubre de 2024 y que entraron en vigor el 28 del mismo, requisitos basados en la ratio entre viviendas de uso turístico y familiares existentes en todos y cada uno de los barrios de la ciudad.

En este sentido, al cabo de medio año se han seguido inscribiendo en el Registro Oficial de la Consejería de Turismo viviendas turísticas (24 en abril) que incumplen el acuerdo de limitación de la Corporación Municipal hispalense: veintiuna en el distrito Casco Antiguo y tres en Triana Casco Antiguo, zonas declaradas saturadas de este tipo de viviendas por el Consistorio.

Esta facilidad para las inscripciones incumplidoras se debe a que sigue exigiéndose únicamente una declaración responsable por parte de sus propietarios de que cumplen la normativa vigente, aunque no la cumplan, ya que no se han establecido filtros informáticos que las impidan. La consecuencia es que posteriormente las Administraciones, con la pérdida de tiempo que ello supone, han de proceder a revisar todas las inscripciones y anular las improcedentes.

En las inscripciones al margen de los requisitos realizadas en el Casco Antiguo destacan cuatro en el barrio de San Vicente, otras cuatro en el barrio de San Gil y dos en cada uno de los barrios siguientes: San Lorenzo, Santa Catalina y San Julián (los dueños no se han enterado de que en marzo ya se agotó el cupo de siete que aún permitía el Ayuntamiento por calificarlo de zona de crecimiento acotado). El resto de inscripciones de este tipo se reparte por el Arenal, Santa Cruz, Encarnación….

De las 101 inscripciones que a priori cumplen las condiciones del acuerdo plenario municipal del 17 de octubre de 2024 destaca el hecho de que por primera vez se ha cumplido el vaticinio de la oposición y el distrito Macarena lidera la estadística, con 19 nuevas VUT, seguido del distrito Nervión, con 18.

Al margen de Triana Casco Antiguo, donde están prohibidas nuevas inscripciones (pese a lo cual se han registrado tres), en el resto del distrito trianero se han dado de alta 13 nuevas viviendas de uso turístico.

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