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Ronda

El Ayuntamiento de Ronda presentará un recurso de casación contra la sentencia

El Ayuntamiento de Ronda va a presentar un recurso de casación contra la sentencia que ha dictado la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), por la que se anula el acuerdo de la Comisión Provincial de Urbanismo de la Junta de Andalucía (de fecha

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  • Imagen de Los Merinos -

El Ayuntamiento de Ronda va  a presentar un recurso de casación contra la sentencia que ha dictado la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), por la que se anula el acuerdo de la Comisión Provincial de Urbanismo de la Junta de Andalucía (de fecha 18 de abril de 1995) de aprobación definitiva del Plan Parcial de Ordenación del proyecto urbanístico de Los Merinos Norte.

El contencioso-administrativo fue interpuesto en su día por el Ayuntamiento de Cuevas del Becerro y Ecologistas en Acción de Andalucía.

Desde la Alcaldía de Ronda, y en base a los informes de los servicios técnicos municipales, se indica que la citada sentencia se fundamenta en la no existencia de una autorización por parte del organismo competente para la disponibilidad de los recursos hídricos necesarios para este proyecto.

Sin embargo, el Ayuntamiento de Ronda justifica el recurso de casación que va a presentar en el hecho de que “fue una condición necesaria de la Junta de Andalucía, que el Consistorio autorizara la utilización de los recursos hídricos asignados del término municipal para poder aprobar el citado Plan Parcial”.

Además, en virtud del convenio firmado entre el Ayuntamiento y la promotora, “estaba previsto hacer viable la utilización de los recursos hídricos propios con la creación de una infraestructura para la conducción del agua”.

El tercer argumento que esgrime el Consistorio rondeño para presentar el recurso de casación se basa en que la sentencia del TSJA se apoya en un informe de la Consejería de Medio Ambiente que fue emitido en febrero de 2006, sobre una normativa legal que no estaba en vigor en el año 1995, que fue cuando se aprobó el Plan Parcial. “Ello va en contra del principio de temporalidad de las normas”, se sostiene desde  los servicios jurídicos del Ayuntamiento.

Además se recuerda que aunque esta sentencia no anula ninguna resolución de ámbito municipal, ya que el Plan Parcial fue aprobado por la Comisión Provincial de Urbanismo de la Junta, el TSJA ha rechazado “todas las causas planteadas por los denunciantes y únicamente se ha aceptado a trámite la relativa a los recursos hídricos”.

Finalmente, la alcaldesa de Ronda, María de la Paz Fernández, adelantó que en los próximos días se mantendrá una reunión con los responsables del Gobierno andaluz en Málaga, para analizar este asunto, que “podría suponer graves perjuicios para la ciudad de Ronda”.

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