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Sevilla

El Supremo remite la causa a la Audiencia para que dicte una nueva sentencia contra Samuel

El Tribunal Supremo (TS) ha remitido ya su sentencia sobre el caso del asesinato de la joven sevillana Marta del Castillo a la Audiencia Provincial de Sevilla para que "reexamine la posible participación como encubridor" de Samuel Benítez y dicte una nueva sentencia contra él

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El Tribunal Supremo (TS) ha remitido ya su sentencia sobre el caso del asesinato de la joven sevillana Marta del Castillo a la Audiencia Provincial de Sevilla para que "reexamine la posible participación como encubridor" de Samuel Benítez y dicte una nueva sentencia contra él, según han informado a Europa Press fuentes judiciales.

   Las fuentes han precisado que fue este lunes, a las 14,00 horas, cuando la Sala de lo Penal del Supremo remitió la causa a la Sección Séptima de la Audiencia a fin de que "reexamine" el caso de Samuel, que fue absuelto por la Audiencia de encubrir el crimen, pues considera "arbitraria" e "ilógica" su decisión de situar a las 22,15 horas del 24 de enero de 2009 la salida del cadáver de la vivienda de León XIII donde se cometió el asesinato.

   En este sentido, las mismas fuentes han señalado que la Sección Séptima cuenta con el plazo habitual de diez días para emitir la nueva sentencia, aunque dada la carga de trabajo que soporta esta sección --es la misma que debe pronunciarse sobre el robo de 154 kilos de droga de los calabozos de la Jefatura Superior de Policía de Sevilla-- no es probable que el fallo se conozca hasta finales de febrero o principios de marzo.

   El Supremo hizo pública su sentencia el pasado día 6 de febrero, aunque no ha sido hasta el día 11 cuando ha remitido la causa a la Audiencia Provincial de Sevilla.

   Hay que recordar que, respecto a Samuel, el Supremo considera que la Audiencia realizó una valoración "ilógica" de las pruebas existentes en relación a la hora en que el cadáver fue sacado del piso de León XIII, de forma que "debe ser el mismo Tribunal el que debe volver a valorar dichos elementos" y dictar un nuevo pronunciamiento sobre este punto "al objeto de reexaminar la posible participación como encubridor" del joven, todo ello "con libertad de criterio y respeto por las reglas de la lógica".

"ESPECULACIÓN"

   El Supremo estimó la infracción de la tutela judicial efectiva alegada por Fiscalía y acusación particular, pues considera que el hecho de fijar a las 22,15 horas la salida del cadáver de la vivienda "es fruto de la intuición o especulación de la Audiencia, que prescinde del conjunto de los elementos probatorios" practicados, "directos y periféricos", lo que hace "arbitraria" la conclusión en este punto.

   En el fallo, el Supremo decidió asimismo elevar un año y tres meses la condena al asesino confeso de la joven, Miguel Carcaño, por un delito contra la integridad moral a cuenta del sufrimiento provocado a los padres de la víctima con sus constantes cambios de versión sobre el paradero del cuerpo, paradero que a día de hoy sigue sin conocerse.

   Asimismo, condenó a Carcaño, en concepto de costas, a pagar el dinero que costó la búsqueda del cuerpo en el río Guadalquivir y en el vertedero de Alcalá de Guadaíra, eximiéndolo de abonar los gastos por la búsqueda en la zanja de Camas, pues éstos últimos "tienen su origen exclusivo en la versión dada" por la entonces novia de Carcaño. Hay que recordar que el gasto total de la búsqueda se cifró en 616.319,27 euros.

RECHAZA REPETIR EL JUICIO

   El fallo, que cuenta con dos votos particulares discrepantes de los magistrados Alberto Jorge Barreiro y Miguel Colmenero, confirmó la absolución del hermano de Carcaño, Francisco Javier Delgado, y de la novia de éste, María García, al tiempo que rechazó la petición de Fiscalía y acusación particular para que se declarara la nulidad del juicio y se celebrara otro nuevo, ya que "no se ha estimado infracción procesal-constitucional alguna que lo justificase".

   Tras conocer el fallo del Supremo, la familia de Marta del Castillo anunció que lo recurrirá ante el Tribunal Constitucional (TC).

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