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Sevilla

El fiscal se opone a recusar al tribunal que dictará la sentencia de Samuel

La Fiscalía de Sevilla se ha opuesto a la recusación planteada por los padres de Marta contra los tres magistrados de la Audiencia que deben dictar la nueva sentencia contra Samuel Benítez, ya que no considera que "carezcan de la necesaria imparcialidad objetiva"

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  • Samuel Benítez -

La Fiscalía de Sevilla se ha opuesto a la recusación planteada por los padres de Marta del Castillo contra los tres magistrados de la Audiencia Provincial de Sevilla que deben dictar la nueva sentencia contra Samuel Benítez, a quien ya absolvieron de un delito de encubrimiento en relación al crimen de la joven, ya que no considera que "carezcan de la necesaria imparcialidad objetiva" para emitir el nuevo fallo. 

   Fuentes judiciales han informado a Europa Press de que el Ministerio Público ha presentado un escrito en el que se opone a recusar a los tres magistrados de la Sección Séptima de la Audiencia que condenaron a 20 años de cárcel a Miguel Carcaño y absolvieron a su hermano, Francisco Javier Delgado, a la novia de éste, María García, y al propio Samuel.

   El pasado mes de febrero, la Sala de lo Penal del Supremo ordenó a la Audiencia Provincial "reexaminar" el caso de Samuel, pues considera "arbitraria" e "ilógica" su decisión de situar a las 22,15 horas del 24 de enero de 2009 la salida del cadáver de la vivienda de León XIII donde se cometió el asesinato. 

   En el escrito de recusación, consultado por Europa Press, los padres de la joven entienden que el tribunal "carece de la necesaria imparcialidad objetiva" para afrontar "una revisión de su propia decisión", ya que, en la sentencia donde absolvió a Samuel, "entró a valorar todas las pruebas del juicio, formándose un criterio y exteriorizando un pronunciamiento anticipado que prejuzga su criterio respecto del pronunciamiento que deben hacer ahora".

   No obstante, y según han indicado las fuentes consultadas, la Fiscalía de Sevilla se ha opuesto a la recusación planteada, pues no entiende, tal y como defienden los padres, que los magistrados que deben dictar la nueva sentencia contra Samuel "carezcan de la necesaria imparcialidad objetiva".

   Una vez se pronuncie también contra esta recusación el letrado de Samuel, serán los propios jueces de la Sección Séptima --Javier González, Juan Romeo y Esperanza Jiménez-- los que informen sobre la petición de los padres de Marta, mientras que el presidente de la Audiencia, Damián Álvarez, designará a un magistrado instructor.


NULIDAD DE LA SENTENCIA DEL SUPREMO

   En caso de que no vea causa de recusación, el instructor archivará el expediente, mientras que en caso contrario lo elevará al Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) para que resuelva la cuestión suscitada.

   Junto a la recusación, los padres de Marta del Castillo han presentado ante la Sala Segunda del Supremo un incidente de nulidad excepcional en el que piden la nulidad de la sentencia que el Alto Tribunal dictó a principios del pasado mes de febrero, en la cual descartaba repetir el juicio por estos hechos y ordenaba emitir un nuevo fallo contra Samuel, además de aumentar un año y tres meses la condena al asesino confeso, Miguel Carcaño.

   El Supremo considera que la Audiencia realizó una valoración "ilógica" de las pruebas existentes en relación a la hora en que el cadáver fue sacado del piso de León XIII, de forma que "debe ser el mismo Tribunal el que debe volver a valorar dichos elementos" y dictar un nuevo pronunciamiento sobre este punto "al objeto de reexaminar la posible participación como encubridor" del joven, todo ello "con libertad de criterio y respeto por las reglas de la lógica".


"ESPECULACIÓN"

   El Supremo estimó la infracción de la tutela judicial efectiva alegada por Fiscalía y acusación particular, pues considera que el hecho de fijar a las 22,15 horas la salida del cadáver de la vivienda "es fruto de la intuición o especulación de la Audiencia, que prescinde del conjunto de los elementos probatorios" practicados, "directos y periféricos", lo que hace "arbitraria" la conclusión en este punto.

   En el fallo, el Supremo decidió asimismo elevar un año y tres meses la condena al asesino confeso de la joven por un delito contra la integridad moral a cuenta del sufrimiento provocado a los padres de la víctima con sus constantes cambios de versión sobre el paradero del cuerpo, paradero que a día de hoy sigue sin conocerse.

   Asimismo, condenó a Carcaño, en concepto de costas, a pagar el dinero que costó la búsqueda del cuerpo en el río Guadalquivir y en el vertedero de Alcalá de Guadaíra, eximiéndolo de abonar los gastos por la búsqueda en la zanja de Camas, pues éstos últimos "tienen su origen exclusivo en la versión dada" por la entonces novia de Carcaño. Hay que recordar que el gasto total de la búsqueda se cifró en 616.319,27 euros.

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