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Sevilla

Celebrada una subasta que incluye una de las viviendas colindantes al Alcázar

La vivienda en cuestión corresponde al número 18 de la calle Mariana Pineda y, si bien este inmueble figuraba en la subasta, no ha trascendido si finalmente ha sido enajenado o no.

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La Delegación Especial de Economía y Hacienda de Sevilla, perteneciente al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, ha acogido este jueves la celebración de una subasta de cinco propiedades estatales entre las que figura una vivienda de la calle Mariana Pineda incluida en el Plan Especial de Protección del Sector 6 del Conjunto Histórico de la capital andaluza, correspondiente a los Reales Alcázares. La vivienda en cuestión corresponde al número 18 de la calle Mariana Pineda y, si bien este inmueble figuraba en la subasta, no ha trascendido si finalmente ha sido enajenado o no.

   En concreto, la Administración general del Estado ha sacado a subasta este jueves cinco de sus propiedades ubicadas en la provincia de Sevilla. Se trata de dos fincas urbanas ubicadas en La Algaba, dos fincas rústicas ubicadas en Estepa y Los Palacios y Villafranca y el número 18 de la calle Mariana Pineda, en pleno casco histórico de Sevilla. Esta última vivienda cuenta con 825 metros cuadrados construidos y un valor de tasación de 1.229.250 euros, según la documentación recogida por Europa Press.

   Se trata, de cualquier manera, de una vivienda incluida en el plan especial de protección del sector urbano de los Reales Alcázares, un monumento declarado Patrimonio de la Humanidad en 1987 y todo un símbolo de la ciudad hispalense. La inclusión de esta vivienda en esta subasta debe ser entendida desde la estrecha relación que media entre el recinto palaciego del Real Alcázar y sus espacios aledaños, pues por ejemplo en el Patio de Banderas se localiza el primigenio acceso a la antigua fortificación almohade de la que nace el actual conjunto de palacios y jardines.

LA II REPÚBLICA

   Haciendo memoria, fue en 1931 cuando el entonces alcalde de Sevilla, José González y Fernández de la Bandera, logró que el Gobierno de la II República, a través del ministro Diego Martínez Barrios, cediese al patrimonio municipal el conjunto palaciego del Real Alcázar, hasta entonces en poder del Estado. No obstante, aquella cesión quedó inconclusa al no incluir las huertas y casas anexas al propio recinto palaciego.

   En ese sentido, para el Ayuntamiento de Sevilla constituye una reivindicación histórica contar con la plena posesión de las 19 viviendas que integran el Patio de Banderas y el resto de inmuebles de titularidad estatal que pueblan este entorno. En el anterior mandato, las gestiones del Ayuntamiento hispalense ante la Dirección General de Patrimonio del Estado se tradujeron en la entrega de la vivienda correspondiente al número seis del Patio de Banderas, toda vez que la vivienda del callejón del Agua había sido enajenada por dicho organismo pocos años antes.

LA REINVIDICACIÓN DEL PATIO DE BANDERAS

   El pleno del Ayuntamiento hispalense, como se recordará, aprobó también durante el pasado mandato reclamar a la Dirección General de Patrimonio del Estado la vivienda correspondiente al número 15 del Patio de Banderas, toda vez que las medidas promovidas por el Gobierno central del popular Mariano Rajoy para obtener ingresos a través de la enajenación de activos comprenden la venta de las viviendas correspondientes a los números uno y tres de la calle Judería, el número 18 de la calle Mariana de Pineda, los números uno y tres de la calle Miguel de Mañara, una vivienda de la plaza de la Contratación y el número cuatro de la calle Vida. Se trata, según Espadas, de viviendas todas ellas incluidas en el Plan Especial de Protección del Sector 6 del Conjunto Histórico de Sevilla, correspondiente a los Reales Alcázares.

   Este plan especial de protección, aún pendiente de aprobación definitiva, delimita con exactitud, dentro de la trama urbana del histórico barrio de Santa Cruz, el recinto primigenio del Real Alcázar, identifica aproximadamente 90 fincas concretas afectadas por la protección de Bien de Interés Cultural (BIC) que pesa sobre el recinto y estipula las condiciones y regulaciones que pesan sobre cada una de ellas.

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