El tiempo en: Jaén
Miércoles 22/05/2024  
Publicidad Ai
Publicidad Ai

Jaén

Libertad provisional para el acusado de retención y agresión sexual

Estaba en prisión desde junio tras agredir a una mujer en Torredonjimeno

Publicidad AiPublicidad Ai Publicidad AiPublicidad AiPublicidad AiPublicidad Ai

El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Martos ha dictado un auto en el que decreta la libertad provisional de M. B., el hombre acusado de los presuntos delitos de detención ilegal, contra la libertad sexual, robo con intimidación y lesiones sobre una mujer de Torredonjimeno.
El acusado se encontraba en prisión desde el pasado 15 de junio después de haber sido detenido. Según informó entonces la Guardia Civil, el hombre fue sorprendido por su víctima robando en el interior de su cochera en Torredonjimeno. La mujer, bajo amenaza de un arma blanca, fue maniatada  e introducida en el maletero de un coche, donde fue trasladada a lo largo de varias localidades de las provincias de Jaén y Ciudad Real, donde sufrió las presuntas lesiones y agresiones sexuales.
En un auto fechado el 28 de junio, la titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Martos, María Purificación Larrubia Ceballos, atiende la solicitud del Ministerio Fiscal  y acuerda la libertad provisional de M.B. Eso sí, le impone una fianza de 3.000 euros (ayer expiraba el plazo para acreditarla) y la obligación de comparecer todos los lunes en el Juzgado marteño o cualquier otro que conozca de la causa.
De igual modo, la juez le prohíbe al acusado abandonar el territorio nacional, le retira el pasaporte y la prohibición de expedir uno nuevo. Asimismo, se impone a M.B,, como medida cautelar durante el tiempo que dure la instrucción de la causa y hasta que exista resolución firme en la misma, la prohibición de aproximarse a menos de 300 metros de la víctima, de su domicilio, lugar de trabajo o en que se encuentre, y la prohibición de comunicarse con ella de cualquier forma.
Contra la citada resolución judicial se puede interponer recurso de reforma ante el mismo Juzgado en el plazo de tres días, y subsidiariamente con el anterior o por separado recurso de apelación en el plazo de cinco días. La juez  advierte al inculpado de que  si realiza cualquier acto que suponga infracción de la prohibición impuesta se expone a la adopción de nuevas medidas cautelares que impliquen una mayor limitación de su libertad personal, así como la comisión de un delito de quebrantamiento de una medida cautelar. La magistrada admite en los razonamientos jurídicos del auto “la gravedad de los hechos que se están instruyendo, y la más que posible autoría del imputado dadas las diligencias practicadas”, de ahí que justifique  las medidas cautelares impuestas.
Recientemente, la plataforma Marea Violeta denunció el contenido de varias sentencias de juzgados y de la propia Audiencia Provincial por entender que iban contra la dignidad de las mujeres y víctimas de violencia machista.

TE RECOMENDAMOS

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN