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Almería

El TSJA suspende indemnizaciones del Algarrobico temporalmente

Paraliza los dos procesos abiertos contra la Junta de Andalucía y contra el Ayuntamiento de Carboneras hasta que no se pronuncie la Audiencia Nacional

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El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha acordado suspender los dos procesos abiertos contra la Junta de Andalucía y contra el Ayuntamiento de Carboneras (Almería) por la promotora del hotel de El Algarrobico en los que reclama indemnización por daños y perjuicios, hasta que la Audiencia Nacional resuelva otros dos procedimientos que se siguen también por responsabilidad patrimonial.

En su resolución de 14 de julio, consultada por Europa Press, la sala de lo Contencioso-administrativo resuelve que ha lugar a la prejudicialidad alegada pro el Gobierno andaluz, que solicitó la suspensión al considerar que la existencia de estos pleitos en la AN, "anteriores" a los planteados ante el TSJA, podría causar litispendencia, con la consiguiente inadmisión de los recursos de Azata del Sol y de Azata Patrimonio contra la denegación de indemnización que en su día realizó la Junta, o, al menos, su prejudicialidad.

En este punto, la Junta sostuvo que los cuatro procedimientos tenían como base el mismo supuesto de hecho y que en ellos hay coincidencia de partes.

No obstante, cabe recordar que en las dos causas abiertas en la Audiencia Nacional, la demanda de la promotora del hotel se dirige también, al margen de contra la Junta y el Ayuntamiento, contra la administración del Estado, y lo que se arguye para reclamar indemnización por daños y perjuicios es la fijación de la servidumbre del dominio público marítimo-terrestre de la franja litoral donde se levanta el inmueble en 100 metros, lo que fue avalado posteriormente por sentencia tanto de la Audiencia Nacional como del Tribunal Supremo (TS).

El Alto Tribunal andaluz ya resolvió con anterioridad a favor de la petición de la Junta en uno de los procedimientos al considerar que efectivamente existe prejudicialidad, si bien ha sido recurrido en súplica por Azata del Sol.

En este caso, Azata del Sol no se opuso y solo Ecologistas en Acción alegó que no existía "litispendencia" y mantuvo que las sentencias que ponga fin a los recursos seguidos ante la AN no serán "vinculantes para este procedimiento" ya que no se cumplen "los requisitos de cosa juzgada pues no hay identidad subjetiva, objetiva ni causal".

Recuerda que en los procesos ante el TSJA no comparece el ministerio mientras que el colectivo ecologista ni es parte en los que se siguen ante la AN y repite el argumento de Azata ya que, en uno se falla, sobre la servidumbre del dominio público y en otro sobre la protección ambiental que tenía el suelo en el momento en que se construyó el hotel. Concede, no obstante, que procedería la suspensión si se acordará votación y fallo sin que la AN se hubiese pronunciado todavía.

Cabe recordar que Azata del Sol cuantifica en los procedimientos ante la AN la responsabilidad patrimonial de Estado, Junta y Ayuntamiento carbonero, conjunta y de manera solidaria, por "anormal funcionamiento", en 70.042.712 euros, cifra que incluye un cinco por ciento por daño moral según la tasación realizada por la sociedad Tinsa de acuerdo no solo al valor del suelo y del hotel, sino también teniendo en cuenta "el daño moral, material y el descrédito empresarial" a la mercantil.

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