La Junta de Gobierno Local ha dado cuenta de la sentencia dictada por la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía recaída en Procedimiento Ordinario 686/2012, por la cual se desestima la reclamación patrimonial efectuada por la empresa Proconspor SL contra el Ayuntamiento de Chiclana por valor de 18.043.124,40 euros en relación a la caída del Plan General de Ordenación Urbana de Chiclana.
En este sentido, destacar que la empresa Proconspor SL presentó una reclamación patrimonial en vía administrativa ante la imposibilidad de desarrollar el sector 22 Melilla II y el sector 23 Melilla I como consecuencia de la anulación del anterior PGOU, reclamación que fue desestimada por el Consistorio en abril de 2013.
Ante ello, la promotora presentó un recurso contencioso ante la Justicia, que finalmente el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha desestimado de manera completamente firme, por lo que finalmente el Ayuntamiento de Chiclana no tendrá que abonar a la empresa ni un solo euro de los más de 18 millones reclamados, así como por costes o tasas judiciales. “En definitiva, la Justicia ha desestimado por completo la reclamación presentada por la promotora, por lo que el Consistorio no abonará ni un solo euro al respecto”, explica la delegada municipal de Urbanismo, Ana González.
“La promotora y el Ayuntamiento habían acordado un convenio para el desarrollo de estos sectores, pero con la caída del Plan General, la empresa entendía que no se pudo desarrollar, reclamando al Consistorio estos 18 millones de euros en concepto de reclamación patrimonial”, indica González, quien recuerda que en estos sectores estaban previsto ejecutar conjuntos residenciales turísticos.
27 millones de reclamaciones desestimados en firme
Éste no es el único caso de reclamaciones patrimoniales cuya resolución ha sido favorable al Consistorio, puesto que hay que destacar que hasta el momento, las desestimaciones en firme a las reclamaciones efectuadas por empresas promotoras como consecuencia de la anulación del anterior Plan General asciende a unos 27 millones de euros, cantidad que, por tanto, el Ayuntamiento no tendrá que pagar. En este sentido, tres de las reclamaciones patrimoniales interpuestas fueron desestimadas en vía administrativa, sin que la empresa reclamante presentara recurso contencioso posteriormente, mientras que otras dos fueron inicialmente desestimadas en vía administrativa y, tras recurrirse ante la Justicia, también fueron desestimadas en sentencia firme, por lo que tampoco podrán ser reclamadas nuevamente.
Por otro lado, en relación a la reclamación patrimonial anunciada por el presidente del PP de Chiclana, Andrés Núñez, y en la que afirmaba que la sentencia ha sido contraria al Ayuntamiento de Chiclana, la responsable del área aclara que “aún está en ejecución de sentencia, por lo que aún estamos pendientes de definir los gastos”. “Eso sí, hay que aclarar que el recurso ha sido desestimado en el fondo, por lo que el Ayuntamiento no tendrá que abonar los 2,2 millones de euros reclamados por la promotora, sino en todo caso los gastos de tramitación del Plan Parcial, cantidad mínima en comparación con todo lo reclamado por parte de la empresa”, explica.