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Sevilla

La jueza procesa al empresario que simuló besar a Teresa Rodríguez

Rechaza que se tratara de una "broma de mal gusto" y lo procesa por un delito contra la integridad moral y/o contra el orden público

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  • Teresa Rodríguez -

La juez de Instrucción número 11 de Sevilla ha procesado al empresario y exvocal de la Cámara de Comercio Manuel Muñoz Medina por los hechos ocurridos el 20 de diciembre de 2016 en la sede de la Cámara, cuando se "abalanzó" sobre la coordinadora general de Podemos Andalucía, Teresa Rodríguez, y simuló besarla.

En un auto, al que ha tenido acceso Europa Press, la magistrada afirma que los hechos podrían ser constitutivos de un delito de atentado contra la autoridad, "dada la condición de autoridad pública de la víctima, el acto público al que acudía en tal condición y la acción de acometimiento sufrido por ésta", y/o bien de un delito contra la integridad moral.

La juez considera que los hechos podrían ser encuadrables en un delito contra la integridad moral, castigado con penas de entre seis meses y dos años de cárcel, "teniendo en cuenta la condición pública y género de la víctima, la ausencia de relación entre víctima e investigado y la conducta vejatoria desplegada por éste" en la Cámara de Comercio de Sevilla "sobre la víctima, y que incide sobre la dignidad de aquella".

En este sentido, rechaza que lo sucedido "responda a una broma, como pretende el investigado hacer creer", por cuanto "ni víctima ni investigado se conocían con anterioridad, ni consta hubieran
mantenido una conversación dilatada y en tono de familiaridad previo aquél día que justificara la acción realizada, lo que impide considerar la misma como una broma de mal gusto".

De este modo, y en este auto fechado el día 30 de octubre y consultado por Europa Press, la magistrada relata que, del resultado de la instrucción "resulta de manera provisional e indiciaria" que Teresa Rodríguez acudió el 20 de diciembre "en esa condición pública" a la sede de la Cámara de Comercio de Sevilla para asistir a un acto al que había sido invitada "por razón de sus responsabilidades públicas y que era presidido" por la presidenta de la Junta, Susana Díaz.

En este sentido, señala que los hechos habrían tenido lugar sobre las 15,00 horas de ese mismo día, cuando la parlamentaria se disponía a abandonar la Cámara de Comercio tras haber concluido el acto y se disponía a saludar al presidente de la institución, Francisco Herrero, que se encontraba en la planta primera del edificio, donde a su vez se celebraba una copa de Navidad.


"DE FORMA SORPRESIVA"

La juez asevera que, "de forma sorpresiva, y sin ser previamente presentado" a Teresa Rodríguez, el procesado, "siendo conocedor de la condición pública" de la coordinadora general de Podemos Andalucía "y de la función representativa que cumplía aquella" en el lugar, "se abalanzó sobre ella" cuando Teresa Rodríguez salía del despacho del presidente de la Cámara y "en presencia de otras personas", entre ellas el presidente y la responsable de Protocolo de la institución.

De este modo, y según prosigue la magistrada, el empresario "se abalanzó" sobre la parlamentaria de Podemos, "tapándole la boca con su mano, empujándola hasta hacerla retroceder hacia un rincón, mientras aproximaba su boca a la de ella y besaba su propia mano, la que cubría la boca de ella, realizando el ademán como si, en realidad, la estuviera besando en los labios".

Y todo ello "mientras aproximaba su cuerpo al de la diputada, haciéndole retroceder hasta la pared, siendo recriminado seguidamente" por Teresa Rodríguez, la cual "le indicó que no le conocía de nada para que la tratase de aquella forma", procediendo el empresario a entregar a la parlamentaria una tarjeta de visita.

Tras coger dicha tarjeta, y según recoge la juez, Teresa Rodríguez "procedió directamente y sin pausa alguna a dirigirse a las escaleras de salida desde la primera planta a la planta baja y de allí salió del edificio acompañada por la jefa de Protocolo, quien se disculpó por la conducta" de Manuel Muñoz.


LAS CÁMARAS DE SEGURIDAD

Los hechos fueron captados por las cámaras de seguridad de la Cámara de Comercio, indica la instructora, que recuerda que el propio investigado relató en su declaración que "saludó" a la denunciante "dándole un beso en la mano del compareciente", que "lo realizado fue de mal gusto" y que "se encuentra arrepentido", lo que "denota que su acción no se corresponde con el uso social".

La juez también alude a las declaraciones testificales de la jefa de Protocolo y del presidente de la Cámara, testigos presenciales de los hechos, quienes "de forma monocorde relatan lo sucedido entre víctima e investigado, de forma similar a la realizada por la víctima", a todo lo cual se suma el contenido y visionado de la grabación de las cámaras de seguridad de la institución, que "reflejan la acción desarrollada por el investigado y que se corresponden con el relato que efectúa la denunciante/víctima y los testigos".

Todos estos son "indicios de criminalidad" que "permiten continuar el procedimiento hacia la fase intermedia antes de llegar al oportuno juicio, todo ello, sin perjuicio de la valoración que de las pruebas se realice por el órgano de enjuiciamiento en aras a la determinación de responsabilidad penal" del procesado.

En base a estos "indicios", la juez rechaza la petición de archivo planteada por la defensa del acusado, no considerando que la víctima "exagere o falte a la verdad, como refiere la defensa, y que los hechos acaecieron en un ambiente de distensión", ya que los propios testigos aseguraron "lo contrario" e incluso el presidente de la Cámara mencionó que, "tras lo sucedido, llegó a remitir una carta de disculpas a la víctima por el comportamiento del vocal investigado".


"FALTA DE RELACIÓN PERSONAL" ENTRE AMBOS

Ello, "unido a la falta de relación personal previa entre las partes implicadas, el lugar y acto público que se desarrollaba en la Cámara de Comercio y que justificaba la presencia" de Teresa Rodríguez "como autoridad pública, impiden" acordar el sobreseimiento interesado por la defensa del empresario, argumenta.

La juez otorga a la Fiscalía y a la acusación particular un plazo de diez días para que formulen escrito de acusación solicitando la apertura de juicio oral o el sobreseimiento de la causa, sin perjuicio de que "excepcionalmente" puedan interesar la práctica de diligencias complementarias que consideren "indispensables" para formular el procesamiento.

Teresa Rodríguez, cabe recordarlo, compareció el pasado día 23 de octubre ante la juez y aseveró que "este tipo de cosas no son bromas, sino que son delitos". "La Ley debe proteger a las personas que son objeto de ese tipo de agresiones", dijo.

La parlamentaria de Podemos explicó que puso en conocimiento de la Fiscalía los hechos "con dos motivaciones muy claras", como son "trasladar a la sociedad y a la opinión pública el mensaje de que este tipo de cosas no son bromas" y, en segundo lugar, que el empresario "no vuelva a hacerlo con nadie más, y especialmente con personas que son más vulnerables que yo, que no tienen el altavoz que yo tengo y no tienen la capacidad de ejercicio de sus derechos civiles que yo tengo".

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