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Sevilla

El cazador que disparó y mató al niño estaba "fuera de su puesto"

Los rehaleros que han acudido al juicio como testigos aseguran que el investigado hizo "caso omiso" a las indicaciones que se le daban

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  • La finca "La lapa" donde falleció el niño. -

Rehaleros citados como testigos en la causa que investiga el fallecimiento de un menor de edad por un disparo en una montería de caza celebrada el pasado mes de enero en la finca 'La Lapa' del municipio sevillano de Guillena han declaradoen el Juzgado de Instrucción número 16 de Sevilla que L.A.G., un varón de nacionalidad argentina y de unos 60 años de edad investigado por un delito de homicidio imprudente por disparar al menor, "estaba fuera de su puesto de caza".

Según han informado fuentes del caso a Europa Press, estos testigos han asegurado que el investigado, que acompañaba al tirador del puesto de caza '1' --el único que estaba autorizado a disparar en el puesto--, se encontraba fuera de su puesto "a una distancia de 15 o 30 metros" y, pese a las advertencias de estos rehaleros, "éste hizo caso omiso". Asimismo, han indicado que siempre vieron al menor "correctamente" sentado en el puesto de caza '2' en el que estaba junto a su padre y su abuelo.

Asimismo, las mismas fuentes han indicado que también han testificado el organizador de la montería y el postor --el encargado de asignar los puestos de caza-- quienes han asegurado que las medidas de seguridad de la montería eran las "adecuadas" y que no había obligación a informar de las normas de la montería al investigado porque era un mero acompañante y no un titular de un puesto de caza.

De otro lado, Rosario Serrano, abogada de la familia, en declaraciones a Europa Press, ha señalado que el fatal incidente se ha dado "por una concatenación de errores graves" y que según como evolucione la instrucción estudiará ampliar o no la acusación por un delito de homicidio imprudente.

Para el 22 de marzo está fijada una nueva sesión de la Instrucción, que preside el magistrado Juan Gutiérrez, en la que declararán otros seis testigos, entre los que se encuentra el guardia del coto.

"EL NIÑO NO SE MOVIÓ"

El pasado miércoles testificaron dos participantes en la montería que se encontraban en el puesto de caza '3', donde tenían visible el puesto '2' en el que se encontraba el menor fallecido, y aseguraron que el pequeño estaba "quieto en un banquito" cuando recibió el disparo mortal y que vieron como el padre corrió a auxiliarle.

De otra parte, ese mismo día testificó el titular del puesto de caza '1', donde se encontraba el investigado. El testigo indicó que su acompañante, que no dispone de licencia de armas, se salió de la zona habilitada para disparar y que disparó "en dirección contraria" a la permitida.

INFORME DE LA GUARDIA CIVIL

El informe de inspección en el paraje Los Siete Cerrillos de la citada finca que realizó la Guardia Civil, al que tuvo acceso Europa Press, señala que la zona desde donde se produjo el disparo mortal, cuyo autor fue L.A.G., se encuentra a 25 metros de distancia respecto a la localización del puesto número uno en el que se encontraba el acusado, distancia que rechazaba su defensa.

Además, indica que la distancia entre la zona desde donde se registró el disparo mortal y el puesto número dos, en el que se encontraba el menor fallecido junto a su padre y otros familiares, era de 124 metros. En este punto, hay que resaltar que la defensa el acusado afirma que el arma usada por su representado no supera los 30-35 metros de distancia, cuestión que tendrá que analizar los agentes actuantes, pues se está a la espera del informe sobre las armas utilizadas y la balística, que será quien confirme el alcance de la de la escopeta del presunto autor.

El Instituto Armado, en sus conclusiones, apunta que el 19 de enero se llevó a cabo una montería en la finca La Lapa de Guillena, donde se establecieron, según testimonios, cuatro armadas, reseñadas con el nombre de 'Poste', 'La Linde', 'El Carril' y 'La Gergal', cada una de ellas compuesta en un principio por cinco puestos de caza o tiro.

En la armada denominada 'Poste', que estaba compuesta en un principio por cinco puestos de caza, en el número uno estaría, "al menos", el acusado y G.S.O. En un momento dado, según la Guardia Civil, L.A.G. "se salió del puesto de caza", subió hasta la zona más alta --a unos 25 metros de distancia de su puesto--, en la zona del cruce del camino.

"En un momento dado disparó en dirección contraria a la que tenía indicado dispara si hubiera estado en su puesto, realizando el disparo hacia el lugar donde se encontraban los puestos número dos y tres", explica el Equipo de Policía Judicial de La Rinconada.

"Disparó en dirección al puesto de caza número dos, lo que directamente ocasionó que uno de los integrantes del mismo --el menor-- resultara fallecido por el impacto de la munición utilizada". El niño acompañaba a su padre y demás familiares como observador en dicho puesto, en el que el tirador era su abuelo.

En este sentido, los agentes actuantes señalan que, de lo observado en el puesto número dos, se desprende que el menor "estaría colocado" en dicho puesto "de forma correcta", así como el disparo mortal lo llevó a cabo el acusado, que "debía ocupar el puesto número uno y que se había colocado fuera del mismo".

Igualmente, "se ha podido comprobar que los puestos dos, tres y cuatro no estaban montados de forma correcta ya que entre ellos tendría que haber una distancia mínima de 150 metros" y no las distancias eran inferiores. Ésta es la distancia reglamentaria cuando no existen obstáculos naturales entre los puesto, según la vigente Ley de Caza de Andalucía.

Entre los puestos '1' --el del autor del disparo-- y '2' --donde se encontraba el niño--, había menos de 150 metros pero sí existía una barrera natural --un cerro o loma--, que impedía que --siempre que no salieras del puesto-- llegaran los disparos de un puesto a otro.

La armada 'Poste' estaba "doblada" en unos casos y/o constituida por puestos "dobles" en otros. El término "armada doblada", según la Guardia Civil, indica que en cada uno de los puestos abría dos tiradores en disposición de hacer fuego de forma simultánea, lo que igualmente está prohibido por la ley autonómica.

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