La Fiscalía Anticorrupción solicita 7 años de prisión y 15 de inhabilitación absoluta para los exconsejeros madrileños Pedro Calvo y Juan Bravo, antiguos colaboradores de Alberto Ruiz-Gallardón, por la pieza 1 del 'caso Lezo', esto es, la compra de la sociedad colombiana Inassa a cargo del Canal de Isabel II en el año 2001.
Anticorrupción les acusa de un delito de malversación de caudales públicos, como a los otros 20 procesados en esta causa, todos ellos técnicos y exconsejeros de la empresa pública de aguas así como gestores e intermediarios en la operación, para quienes reclama entre 6 y 7 años de prisión y entre 12 y 15 años de inhabilitación absoluta.
En concepto de responsabilidad civil, la fiscal pide que los 22 procesados indemnicen al Canal de Isabel II de forma conjunta y solidaria con el "sobreprecio pagado por la adquisición" de la sociedad panameña a través de la cual el Canal de Isabel II compró Inassa, lo cual asciende a algo más de 19 millones de euros, "sin perjuicio de la cantidad mayor que pueda fijarse en el trámite de conclusiones definitivas".
La operación de compra de Inassa por parte del Canal de Isabel II por 73 millones de dólares a través de una sociedad radicada en Panamá --Aguas de América (SAA)-- se enmarca, según el escrito de la Fiscalía, en la "expansión internacional" que en el año 2001 el Canal de Isabel II inició en Colombia mediante la adquisición del 75% de Inassa, para lo cual "utilizó una sociedad vehículo de nueva creación" llamada Canal Extensia, participada en un 75% por la empresa pública madrileña y en un 25% por la mercantil valenciana Técnicas Valencianas del Agua. La adquisición estaba sometida a la previa autorización, primero, del consejo de administración del Canal y, segundo, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid.
Desde su creación en el año 1996, Inassa pertenecía a la sociedad Aguas de Barcelona (Agbar) y a distintos socios locales colombianos. Su principal activo era la sociedad también colombiana Acueducto, Alcantarillado y Aseo de Barranquilla (Triple A), que se nutría de los ingresos obtenidos por la prestación del servicio de concesión municipal que le fue otorgada por el Ayuntamiento de Barranquilla.
PLAGADA DE ILICITUDES
Para Anticorrupción, la adquisición de Inassa estuvo "plagada de ilicitudes y, contrariamente a lo autorizado, se realizó de manera indirecta", pues lo que realmente se compró fue la sociedad panameña Aguas de América, entre cuyos activos se encontraba el 75% de Inassa y el 51% de la sociedad dominicana Watco, "provocándose un desvío de los fondos públicos destinados a su pago debido, principalmente, al sobreprecio abonado y a la inclusión dentro de su objeto de activos no autorizados ni valorados que no redundaron en ningún benecio" para la Comunidad de Madrid.
Según el relato de hechos que hace la fiscal, en la compra asumieron un papel relevante los acusados Francisco Olmos Fernández-Corugedo, Francisco Javier Vilaplana Oliva, Esteban Palacios Ortega, Ángel Conde Álvarez y Santiago García Benavides, quienes en marzo de 2000 "consiguieron que Agbar, a la que estaban vinculados profesionalmente, vendiera su participación en Inassa a la panameña SAA, sociedad de su propiedad y del resto de socios colombianos de Inassa".
De forma paralela, "iniciaron un proceso de licitación privado dirigido a vender la sociedad SAA, el cual culminó a principios del año 2002 con su venta al Canal de Isabel II, lo que se llevó a cabo por un precio muy superior a su valor real, obteniendo así, a costa del erario público autonómico, cuantiosas plusvalías de las que se beneficiaron tanto ellos como los socios colombianos locales".
Según Anticorrupción, fueron los exdirectivos del Canal Juan Pablo López Heras y José Antonio de Cachavera, con el beneplácito del entonces director gerente Arturo Canalda, los que elaboraron un dosier explicativo sobre esta operación que desvelaba que la compra del 75% de Inassa a través de la sociedad panameña.
Y aunque en el documento se hacía mención "de forma atemperada" a los riesgos, obviaron "valorarlos", de modo que el consejo de administración del Canal de Isabel II, en un papel que la fiscal considera "esencial", acabó aceptando el pago de 73 millones de dólares con un "sobreprecio injusticado de, al menos, una cantidad comprendida entre 23 millones y 35,4 millones de dólares (entre 25,4 millones y 38,7 millones de euros)".
PALMARIA Y CONSCIENTE DEJACIÓN DE FUNCIONES
"En definitiva, la palmaria y consciente dejación de las funciones que los acusados tenían encomendadas en sus respectivos ámbitos de actuación como miembros del ente Canal de Isabel II para la protección de los intereses públicos permitió que se desviaran cuantiosos fondos públicos a financiar una operación que causó indebidamente un menoscabo económico a dicha entidad en beneficio exclusivo de terceros", subraya la Fiscalía.
La compra de Inassa no habría sido posible sin el visto bueno del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, que en el año 2001 presidía Gallardón, si bien Anticorrupción ha quitado toda responsabilidad a los que entonces eran consejeros, salvo a Calvo y Bravo, quienes a su vez también eran consejeros del Canal y, por tanto, "emitieron su voto conociendo todos los detalles de la operación y los perjuicios económicos que se derivarían de la misma".
Junto a Calvo y Bravo, Anticorrupción pide condena para el resto de miembros del consejo de administración del Canal de Isabel II del año 2001. Ignacio López Galiacho, Juan María del Álamo, Fernando Autrán, Francisco Díaz Latorre, Adriano García-Loygorri, José Manuel Herrero, José Antonio Llanos, Roberto Molero, Andrés Muñoz Hernández, Agapito Ramos, Miguel Ángel Saldaña y Roberto Sanz Pinacho se enfrentan a 6 años de prisión y 14 de inhabilitación absoluta.
Para el ex director gerente del Canal Arturo Canalda, la fiscal solicita 7 años de prisión y 15 de inhabilitación absoluta, al igual que para los técnicos Cachavera y López Heras, mientras que para Ángel Conde, Santiago García Benavides, Esteban Palacios, Francisco Javier Vilaplana y Francisco Olmos, personas vinculadas a la operación en calidad de compradores, vendedores y gestores, pide 6 años de cárcel y 12 de inhabilitación absoluta.