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Sevilla

Dos años por estafar 10.000€ a la anciana a la que cuidaba en Estepa

La Audiencia Provincial de Sevilla afirma que abusó "atropellando la fidelidad" de la víctima hacia ella y aprovechándose de sus circunstancias físicas

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  • Audiencia de Sevilla. -

La Audiencia Provincial de Sevilla ha condenado a dos años de cárcel a una mujer que estafó 10.000 euros a la anciana a la que cuidaba en Estepa y de cuya confianza abusó "atropellando la fidelidad" de la víctima hacia ella y aprovechándose de sus circunstancias físicas, ya que era mayor y "veía poco".

En la sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, la Sección Tercera condena a M.I.A.M. por un delito continuado de estafa agravado por abuso de relaciones personales y le impone una multa de 1.440 euros más el pago de una indemnización de 8.000 euros a los herederos de la víctima, aunque la condenada ha presentado un recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA).

El tribunal considera probado que la acusada trabajó como empleada del hogar de M.A.C.P. en Estepa durante doce años y que en ese tiempo "se generó una relación de confianza" con ella, su hijo y su nuera, quienes la autorizaron a usar la tarjeta de crédito de la víctima para efectuar un reintegro mensual de 300 euros por su trabajo y otros 300 "para los gastos diarios de la casa".

La encausada, sin embargo, realizó 52 reintegros por un importe de 8.279 euros entre el 14 de mayo y el 27 de octubre de 2014, mientras que del 7 al 27 de noviembre del mismo año repitió la operación 17 veces hasta conseguir 1.790 euros.

Los familiares descubrieron el fraude, pero la víctima no quería despedir a la acusada, así que acordaron con ella que trabajaría "determinados meses con el salario debido para enjugar las cantidades defraudadas" y así recuperaron 2.000 euros.

Durante el juicio, celebrado el pasado 1 de julio, M.I.A.M. alegó que con esa tarjeta de crédito sacaba "sólo lo que la señora decía" y que los 17 reintegros en diez días se debían a que la anciana decía que "ese dinero era de su hijo y no se iban a llevar nada ni su nuera ni su nieta, ya que no la querían en vida".

"Si tenemos en cuenta los reintegros masivos de dinero, que no consta autorización alguna por parte de M.A.C.P. y que la nuera y su hija son rotundas en que sólo cobraba en principio 600 euros y luego 300 porque perdieron la ayuda social, esta circunstancia resta credibilidad" a la versión de la acusada, afirma la sentencia.

El tribunal también considera "sospechoso" que los reintegros se produjeran tras el fallecimiento del hijo, el 26 de enero de 2013.

"Fue la acusada quien por las limitaciones físicas de la víctima, que veía poco, tenía glaucoma, diabetes y problemas de desplazamiento, y sobre todo abusando de la especial relación que tenía con ella, logró que le dieran el PIN", añade la sentencia.

El ponente, además, recalca que "la credibilidad de los testigos de cargo se ve reforzada" cuando reconocieron que la acusada trabajó gratis al ser descubierta, "afirmación que evidentemente les perjudica".

En cuanto al abuso de confianza, la sentencia indica que la relación era "singular, ciertamente anormal y especial", ya que "la víctima no se creía que la acusada pudiera haber ejecutado tal conducta y no quería despedirla", por lo que M.I.A.M. "quebrantó la especial relación de amistad y fidelidad para sacar provecho en beneficio propio".

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