Condenado por facilitar contratos falsos para prestaciones y defraudar casi 13.000 euros

Publicado: 13/05/2025
El fallo detalla que el acusado, administrador de una empresa, se dedicó a preparar contratos laborales ficticios para venderlos a personas interesadas
El Juzgado de lo Penal número 5 de Almería ha condenado a un empresario a un año y nueve meses de prisión por un delito continuado contra la Seguridad Social después de que se haya acreditado que, entre los años 2013 y 2014, urdió un plan para defraudar casi 13.000 euros mediante la elaboración de contratos de trabajo falsos que permitieron a varias personas acceder indebidamente a prestaciones por desempleo, maternidad y subsidios.

La sentencia, consultada por Europa Press y dictada tras la conformidad de todas las partes, establece además la pérdida durante cuatro años y seis meses del derecho a obtener subvenciones o ayudas públicas, así como a beneficiarse de incentivos fiscales de la Seguridad Social.

El fallo detalla que el acusado, administrador de una empresa, se dedicó a preparar contratos laborales ficticios para venderlos a personas interesadas en solicitar de forma fraudulenta prestaciones sociales. Estas personas se presentaban como trabajadores de su empresa y, a cambio de dinero, recibían contratos y certificados que les permitieron justificar una relación laboral inexistente.

Entre las operaciones fraudulentas, el tribunal considera probado que uno de los implicados utilizó los contratos falsos para cobrar una prestación por desempleo de 3.110 euros en diciembre de 2013 y un subsidio de 1.846 euros en abril de 2014.

Otra de las personas beneficiadas obtuvo en diciembre de 2013 una prestación de maternidad por importe de 3.596,32 euros y, posteriormente, un subsidio por desempleo de 2.115,80 euros en abril de 2014. Además, una tercera persona cobró en enero de 2014 un subsidio por desempleo por valor de 2.555,60 euros, lo que eleva el total de las cantidades defraudadas a 12.992,72 euros.

En todos los casos, la magistrada subraya que el acusado actuó "con ánimo de obtener un beneficio económico", con el fin de que sus supuestos empleados accedieran indebidamente a ayudas públicas.

El acusado deberá indemnizar al Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) con 3.067 euros, mientras que el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) no reclama cantidad alguna al haber quedado saldada la deuda en enero de 2020. La suspensión de la pena queda condicionada a que no vuelva a delinquir en los próximos dos años y abone la responsabilidad civil establecida en la sentencia.

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