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Almería

Greenpeace pide resolver por "vía de urgencia" derribo de Algarrobico

Hace más de un año que la causa quedó únicamente pendiente de votación y fallo

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  • El Algarrobico -

Greenpeace ha solicitado al Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que tramite por "vía de urgencia" el procedimiento en el que debe decidir si procede ordenar demolición inmediata del hotel de Azata del Sol en el paraje de El Algarrobico (Carboneras, Almería) ya que hace más de un año que la causa quedó únicamente pendiente de votación y fallo.

"La demora de 17 años en reponer la legalidad urbanística causa descrédito en las instituciones y alarma social", sostiene el colectivo conservacionista, que insta al Alto Tribunal andaluz a señalar fecha para la deliberación sobre el asunto "sin esperar al turno que le corresponda".

El escrito, de 25 de mayo y consultado por Europa Press, indica que, en una diligencia de julio de 2019, la sala de lo Contencioso-administrativo dejó los autos pendientes de votación y fallo, y remarca que la demora en la sentencia afecta a "al menos otras cinco causas, vinculadas a lo que se resuelva en este procedimiento".


En concreto, Greenpeace alude a los dos procedimientos por responsabilidad patrimonial en los que la promotora del hotel pide ante la Audiencia Nacional (AN) que Gobierno, Junta y Ayuntamiento de Carboneras le indemnicen y a otros dos procedimientos que se siguen ante la misma sala del TSJA.

A esto hay que añadir que se encuentra suspendida otra causa en el Juzgado de lo Contencioso-administrativo 2 de Almería a la espera de que se resuelva en sentencia si se debe restablecer la legalidad urbanística en la playa de El Algarrobico mediante la demolición del hotel de Azata del Sol cuyas obras inconclusas se iniciaron en el año 2003.

"La opinión pública no entiende los motivos por los que un edificio en construcción sigue invadiendo el parque Natural Cabo de Gata-Níjar y la servidumbre de protección de costas", remarca el escrito de Greenpeace, que concluye que el caso reúne las circunstancias "para ser tramitado por vía de urgencia, sin esperar al turno que le corresponda".

LICENCIA "EN VIGOR", SEGÚN AZATA

En este procedimiento, la promotora del hotel sostiene que la licencia municipal de obras que se le concedió en 2003 para edificarlo "sigue en vigor" conforme tanto a la normativa urbanística como al planeamiento vigente, por lo que "no puede ser demolido".

Defiende, asimismo, que la caducidad de la licencia que alega Greenpeace en el pleito impulsado por el colectivo conservacionista para agilizar el derribo del hotel "necesita ser declarada mediante un expediente, tramitado en vía administrativa", y que esto no ha sido solicitado ni ante el Ayuntamiento carbonero ni en vía judicial.

Añade, además, que no se cumplen los requisitos legales y reglamentarios para la declarar la caducidad de la licencia "ya que las obras del hotel han estado paralizadas por motivos justificados y no por la voluntad" de la constructora.

Azata advierte de que, dadas estas premisas, "no es posible iniciar un expediente para la demolición" y lo hace en la misma línea expresada por el Ayuntamiento de Carboneras, parte contra la que presentó la demanda Greenpeace y que sostiene que, dado que tendría vetado por sentencia firme del propio TSJA iniciar la revisión de oficio de la licencia de obras, "no procedería llevar a cabo el inicio del citado expediente de demolición".

La sentencia en cuestión, de julio de 2014, es traída a colación también por la promotora y recuerda que examinó "la revisión de oficio de la licencia, declarando la conformidad a derecho de la resolución del Ayuntamiento que denegó tal petición".

"El hotel no puede ser demolido porque la licencia que legitima su edificación esta amparada en una licencia de obras otorgada por la administración competente y que fue declarada ajustada a derecho por una sentencia que es firme, goza de autoridad de cosa juzgada y en cuyo procedimiento Greenpeace fue parte", concluye.

HOTEL "ILEGALIZABLE" PARA GREENPEACE

Greenpeace, sin embargo, defiende que el permiso municipal para construir el hotel "es ilegal porque se concedió en un espacio protegido, invadiendo la servidumbre de protección del dominio público marítimo-terrestre e incumpliendo los plazos previstos en el Plan Parcial", lo que, según remarca, da lugar a la "nulidad de pleno derecho" de la licencia.

"De una u otra forma, el hotel es ilegal e ilegalizable y su futuro es desaparecer", argumenta el colectivo conservacionista, que remarca que las obras del inmueble, ejecutado a más del 90 por ciento, "no se pueden reanudar" y que, por tanto, procede la "demolición para restablecer la legalidad al ser manifiestamente incompatible con la ordenación urbanística".

Con respecto al Ayuntamiento de Carboneras, el colectivo apunta que la "única razón que esgrime" para oponerse a abrir expediente de demolición es que "su coste económico es inasumible para las arcas municipales" y recuerda que, como ya se ha explicado en la demanda, el coste del derribo, en caso de que lo acuerde el TSJA, va a correr a "cargo del Gobierno central y de la Junta andaluza en base al protocolo firmado en 2011".

CARBONERAS APELA A QUE ES UNA SENTENCIA "INEJECUTABLE"

Por su parte, el Ayuntamiento de Carboneras mantiene que, "no siendo procedente la revisión de la licencia, tampoco procedería a dar cuenta de la pretensión de que por este Ayuntamiento de lleve a cabo el inicio de la demolición del hotel".

Matiza que, si bien posibilidad de revisar de oficio el acto administrativo por el que concedió la licencia para declarar su nulidad ya fue vetada la sentencia de 2014 "definitiva y firme", la citada sentencia es, ahora mismo, "inejecutable" debido a que "ha cambiado radicalmente" la normativa vigente en 2003 conforme a la que se tramitó.

Alude a las "circunstancias excepcionales que han rodeado las obras de construcción del hotel" y subraya que el Estado aprobó un nuevo deslinde y la Junta de Andalucía una nueva normativa ambiental para el parque natural de Cabo de Gata además de tener "competencia directa en el planeamiento vigente en el momento de otorgar la licencia".

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