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Andalucía

La aplicación de la ley trans en las Fuerzas Armadas, ¿al criterio del jefe de unidad?

Tras la aprobación de la ley trans han cambiado de sexo en el registro y que, ante la falta de una normativa general, deben seguir el criterio de cada jefe

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  • Fuerzas Armadas.

Llevar falda y tacones o usar los vestuarios femeninos son algunas de las cuestiones a las que se están enfrentando militares que tras la aprobación de la ley trans han cambiado de sexo en el registro y que, ante la falta de una normativa general, deben seguir el criterio de cada jefe de unidad.

Así lo ha señalado a EFE la Asociación Profesional de Suboficiales de las Fuerzas Armadas (Asfaspro), que ha recibido varias decenas de quejas tanto por parte de los militares que han cambiado de sexo en el registro como de compañeros que dicen "sufrir" las consecuencias.

A pesar de ello, el tema no se va a llevar al próximo Consejo de Personal, el órgano de interlocución de las asociaciones profesionales con el Ministerio de Defensa que preside el titular del Departamento y que previsiblemente se celebrará antes de Semana Santa.

Defensa ha rechazado la propuesta de esta asociación, a la que ha tenido acceso EFE, para debatir el establecimiento de unos criterios generales de actuación en las Fuerzas Armadas en aplicación de la ley trans, que presentó el pasado día 5 en la comisión preparatoria del Consejo de Personal.

Los representantes del Ministerio de Defensa se opusieron a incluirla en el orden del día del Consejo al considerar que hay que esperar a que se publiquen las disposiciones que desarrollen la ley, según Asfaspro.

El ministerio de Defensa ha asegurado a EFE que no dispone de datos sobre el número de miembros de las Fuerzas Armadas que han registrado su cambio de sexo desde que entró en vigor la ley hace un año. Tampoco los tienen las asociaciones.

Asfaspro considera necesario impartir instrucciones para la integración de este personal en relación, por ejemplo, al cambio de uniformidad, el aspecto físico, el uso de vestuarios y baños, las pruebas físicas, la modificación de los datos de la hoja de servicios, etcétera.

Precisa la asociación que hay determinadas prendas que son exclusivas de la uniformidad de la mujer militar como el gorro femenino, el bolso, la falda, los zapatos de tacón y las medias, por lo que cree que debe aclararse si los hombres que han efectuado la rectificación registral pueden hacer uso de estas prendas.

Igualmente, considera que deben puntualizarse las normas de aspecto físico del personal en lo relativo a la longitud del pelo, el uso de pendientes, pulseras, maquillaje y esmalte de uñas, todo ello con el objetivo de evitar problemas entre compañeros.

Ante la falta de una normativa general, cada jefe de unidad va dando instrucciones bajo su punto de vista, que pueden no coincidir con los criterios de otro jefe de unidad, denuncia Asfaspro.

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