En junio de 2022, la UE inmovilizó los fondos y recursos económicos de la empresa por considerar que desempeñaba un papel esencial
El Tribunal General de la UE (TGUE) confirmó este miércoles las sanciones que la Unión Europea (UE) impuso en 2022 contra la empresa de servicios financieros rusa National Settlement Depository (NSD) por su apoyo al Kremlin en la guerra contra Ucrania.
En junio de 2022, la UE inmovilizó los fondos y recursos económicos de la empresa por considerar que desempeñaba un papel esencial en el funcionamiento del sistema financiero ruso y que, por tanto, prestaba apoyo al Gobierno de ese país y el tribunal con sede en Luxemburgo rechazó hoy el recurso de NSD solicitando que anulase las sanciones.
En primer lugar, el TGUE señaló que NSD no ha demostrado que la UE se hubiera equivocado al declarar que es una institución financiera de "importancia sistémica" que desempeña un papel esencial en el funcionamiento del sistema financiero ruso.
El tribunal, de hecho, certificó que NSD presta servicios financieros de un "valor significativo" tanto al Gobierno ruso como al banco central de ese país y que por tanto, pone a disposición del Kremlin "un apoyo material o financiero de tal importancia cualitativa y cuantitativa que le permite movilizar recursos financieros para proseguir sus acciones de desestabilización de Ucrania".
Como consecuencia de las sanciones, se inmovilizaron también los recursos económicos de los clientes de NSD pese a no ser objetos directos de las medidas restrictivas de la UE, pero a la hora de rechazar el recurso, el TGUE dijo que la empresa no puede invocar los derechos de estas personas porque no es propietaria de los mismos.
No obstante, el tribunal señaló que las autoridades nacionales de los Estados miembros, a quienes corresponde la aplicación de las sanciones comunitarias, deben respetar la Carta de los Derechos Fundamentales de la UE a la hora de examinar una solicitud de liberación de los activos de los clientes.
En concreto, el tribunal citó el artículo 52 de ese documento, que "cualquier limitación del ejercicio de los derechos y libertades reconocidos por la presente Carta deberá ser establecida por la ley y respetar el contenido esencial de dichos derechos y libertades".
La sentencia se puede recurrir ante la instancia superior, el Tribunal de Justicia de la UE.