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Almería

Absuelven a dos hombres acusados de arrojar a otro por la ventana de un tercer piso

La víctima no acudió al juicio así como tampoco otros testigos a los que no se localizó y cuyas declaraciones en fase sumarial fueron imprecisas y genéricas

  • Sede de la Audiencia Provincial de Almería -

La Audiencia Provincial de Almería ha absuelto a dos hombre que fueron acusados de coaccionar y lanzar a otro por la ventana de una vivienda de un tercer piso de Roquetas de Mar (Almería) para que se marchara de la casa al considerar que no quedó probado que fueran los acusados los autores de tales actos.

El tribunal de la Sección Tercera absuelve a ambos acusados de un delito de homicidio en grado de tentativa y de otro de coacciones por los que la Fiscalía solicitaba diez años y nueve meses de prisión para cada uno de ellos, conforme el fallo consultado por Europa Press contra el que cabe recurso de apelación.

En base al "confuso relato" de los testigos y al "escaso bagaje probatorio" que se dio durante la vista oral, la Sección Tercera incide en que existen dudas más que razonables para determinar la participación de los acusados en el lanzamiento de la víctima por la ventana del domicilio, ya que en el momento de los hechos se llegó a divisar a un grupo de entre cuatro o cinco personas.


En este sentido, apunta las contradicciones mostradas por el compañero de piso de la víctima, quien fue el único testigo de cargo que declaró durante el juicio, el cual explicó de forma "ciertamente confusa y por momentos contradictoria" que él vio a la víctima en el suelo e instantes después observó a los dos acusados junto con otras cuatro personas corriendo por la plaza.

Asimismo, reconoció a uno de los acusados, el cual, según explicó, le debía algún dinero por trabajos realizados, y aseguró que días antes se había presentado en el domicilio para exigir que lo abandonara.

En otro momento de la declaración apuntó a que vio a ambos acusados en la ventana de la casa pero no vio que lanzaran a nadie por ella para, en otro momento de su declaración, manifestar que no vio uno de los acusados en la vivienda, sino que solo salía del edificio tras caer la víctima.

La víctima no acudió al juicio así como tampoco otros testigos a los que no se localizó y cuyas declaraciones en fase sumarial fueron imprecisas y genéricas, aún incluso cuando aseguraron reconocer al menos a uno de los dos acusados en la escena de los hechos.

Por su parte, los acusados rechazaron su presencia en el lugar ese 30 de diciembre sobre las 22,00 horas, toda vez que sus defensas, ejercidas por los letrados Mónica Moya y Miguel Martínez, aportaron testigos que aseguraron que ambos se encontraban en sendos eventos familiares, uno de ellos incluso fuera de Roquetas de Mar.

Así, el tribunal presidido por el magistrado Luis Columna da por probado finalmente que un grupo de cuatro o cinco personas que no han podido ser identificadas acudieron al domicilio de la víctima, donde residía con un compañero, y derribaron la puerta de acceso.

Una vez dentro, con el ánimo de "presionar y coartar la libertad del morador", le conminaron a abandonar la vivienda, de modo que uno de ellos empuñaba un cuchillo. Ante la negativa de la víctima a irse, fue agarrada por la fuerza y arrojada por la venta del dormitorio, precipitándose al vacío e impactando contra el suelo tras descender tres pisos de altura.

La víctima fue asistida de inmediato por los servicios sanitarios que lo evacuaron de urgencia al Hospital de Poniente, mientras que los agresores abandonaron el lugar. El perjudicado sufrió múltiples heridas de gravedad por las que tuvo que ser intervenido y de las que le quedaron secuelas.

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