Este nuevo requerimiento municipal –que se efectúa por vía de urgencia a través de un Decreto de Alcaldía apenas tres semanas después de que la Junta de Gobierno Local pidiera la rehabilitación del Molino- obedece a que, según parece, en la última semana se ha producido la sustracción de elementos de apuntalamiento cuya misión era soportar unas vigas de madera, tal y como ha comprobado en una inspección ocular realizada el pasado sábado 6 de agosto la Policía Local. Estos hechos fueron refrendados posteriormente, el 8 de agosto, por un técnico municipal de Urbanismo que tras una inspección ocular comprobó que “salvo vicios ocultos, se detecta un deterioro en el apuntalado del forjado de cubierta por pudrición de las cabezas de las vigas”.
Recinto cerrado
A pesar de que desde el año pasado el recinto permanece cerrado en los accesos a través del sendero, continúan accediendo personas por los huecos que dan a la zona de las salinas con el alto riesgo de seguridad que ello supone.
Este hecho sumado al deficiente estado de conservación del Molino justifican el requerimiento municipal urgente. Por ello, Martínez ha enviado hoy una carta dirigida a la Ministra de Medio Ambiente, como titular de la administración propietaria del inmueble y responsable de su mantenimiento y conservación así como de cuantos daños y perjuicios puedan resultar con ocasión de las actividades de particulares en dicho recinto, y al Subdelegado del Gobierno en Cádiz, Sebastián Saucedo, en la que la primera edil requiere de conformidad con el artículo 9 del Real Decreto 2/2008, de 20 de junio, que tras la recepción del escrito el destinatario deberá proceder a ejecutar “en el plazo de 48 horas cuantas medidas de seguridad sean necesarias, tanto de apuntalamiento como de cegado de todos los huecos de acceso al recinto desde las salinas con fábrica de ladrillo y reforzar los huecos ya cegados con anterioridad, así como reforzar el apuntalamiento de forjado de las zonas más deterioradas”.
Según reza el escrito municipal remitido, si transcurrido dicho plazo no se ejecutan los trabajos de seguridad, el Ayuntamiento de Cádiz “podrá adoptar en función de lo dispuesto en el artículo 158.2 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, las medidas tanto de ejecución subsidiaria como cualquier otra conminatoria o sancionadora que proceda”.