Es una pieza separada de los expedientes de regulación de empleo (ERE) que investiga una ayuda de 120.000 euros recibida en 2009 por 'Picos Yeye y Cohollero'.
El Juzgado de Instrucción 6 de Sevilla ha sobreseído la causa contra Juan Manuel Bouza, exdelegado de Empleo de la Junta de Andalucía en Cádiz, en una pieza separada de los expedientes de regulación de empleo (ERE) que investiga una ayuda de 120.000 euros recibida en 2009 por 'Picos Yeye y Cohollero'.
En un auto dictado el 8 de octubre, el juez de refuerzo José Ignacio Vilaplana sí acuerda continuar como procedimiento abreviado la causa abierta contra el propietario de la mercantil por la ayuda que recibió con cargo a la partida presupuestaria 31-L, al que atribuye los delitos de prevaricación administrativa y malversación de caudales públicos.
Respecto al exdelegado de la Junta, en cambio, considera que "no se encuentran indicios sólidos que permitan atribuirle participación relevante penalmente" en los hechos investigados, según ha informado el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA).
El juez también explica que no es posible depurar la posible responsabilidad penal ni procesar al exconsejero de Empleo Antonio Fernández, el exviceconsejero Agustín Barberá y el exdirector de Trabajo Juan Márquez, ya que estos tres ex altos cargos de la Junta "ya habrían sido encausados por la perpetración de aquellos hechos" en otra causa de procedimiento abreviado.
Ese caso es el relativo a la ilicitud penal del denominado procedimiento específico instaurado para llevar a efecto la ilícita concesión de ayudas", siguiendo así "el criterio a tal efecto establecido" por la Sección Séptima de la Audiencia Provincial, entre otros, en auto de 24 de septiembre de 2019, "que confirma la exclusión de la presente causa" de los ex altos cargos.
En cuanto al exdelegado de Empleo en Cádiz, el magistrado argumenta que la investigación policial "no ha permitido obtener evidencias" de su participación en los hechos, ya que, aunque "envió una comunicación el 14 de octubre de 2008 a la Dirección General de Trabajo aportando los datos de la empresa", esta "actuación aislada" no es suficiente "en ausencia de otras evidencias de las que se deduzca una mayor implicación".
"Dicha comunicación resulta insuficiente para sustentar su participación o colaboración en la elaboración y ejecución del mecanismo arbitrario y defraudatorio que se deduce de las diligencias practicadas", agrega.
El magistrado considera que sí existen "serios indicios racionales de criminalidad" contra el administrador único de la empresa, J.B.C., ya que la ayuda que recibió "carecería de objeto definido y concreto, se llevó a efecto de forma injusta y arbitraria prescindiendo del procedimiento legalmente establecido y sin observancia de los aplicables principios de publicidad, concurrencia y objetividad".
La subvención fue concedida por Juan Márquez, entonces director general de Trabajo, "sin competencia para ello, sin resolución motivada de concesión ni solicitud formal del beneficiario y sin que se justificase en modo alguno el carácter excepcional de la ayuda", y se abonó "con cargo a un concepto presupuestario inadecuado, sin control administrativo y sin exigir la acreditación del destino de los fondos percibidos".
El juez añade que J.B.C., "sabedor" de que la Consejería de Empleo "podía otorgarle una subvención al margen de la legalidad vigente, consiguió" que Márquez "le concediera una ayuda en apoyo de un supuesto plan o proyecto de viabilidad empresarial en puridad inexistente", ya que 'Picos Yeye y Cohollero' estaba "en situación de quiebra técnica contable", hasta el punto de que "ni siquiera presentó formalmente la correspondiente solicitud de la subvención".
La Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo declaró nula la subvención y requirió a la mercantil que devolviese los fondos, algo que no ha hecho.