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Campo de Gibraltar

La Cámara de Cuentas pide al Consorcio de Transportes y la Junta que equiparen los puestos

Un informe insta a iniciar los trámites para que el Gobierno autonómico y la entidad del Campo de Gibralrar igualen el régimen jurídico y las retribuciones

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  • Un autobús del Consorcio de Transportes del Campo de Gibraltar. -

La Cámara de Cuentas de Andalucía ha emitido un informe de fiscalización financiera y de cumplimiento del ejercicio 2020 del Consorcio de Transporte Metropolitano del Campo de Gibraltar en el que señala que se deberían iniciar los trámites ante el órgano competente de la Junta de Andalucía para proceder a equiparar los puestos de trabajo del Consorcio con los de la Junta con el objeto de igualar tanto el régimen jurídico como sus retribuciones.

Además, según ha informado la Cámara de Cuentas en una nota, en el informe también se insta a la Junta y al Consorcio a configurar a través de un instrumento jurídico adecuado, y dentro del marco normativo vigente, las relaciones entre ambas entidades, con el objeto de ordenar y gestionar el transporte público regular de viajeros por carretera de uso general, adaptado a la atribución de competencias del Consorcio, ámbito temporal y contratos con los operadores de transporte.

Igualmente, indica en el informe que el Consorcio, junto con la administración de adscripción, deben realizar los trámites necesarios para licitar y adjudicar las concesiones de transporte regular permanente y de uso general de viajeros por carretera del ámbito territorial del Consorcio que se encuentran vencidas.

En este sentido, señala que los concesionarios están operando sin título habilitante, lo que supone una restricción a la competencia y el mercado, por lo que deben solventar la situación actual donde la demanda no es cubierta por las concesiones, y es necesario la tramitación de mejoras de servicio.

En cuanto al informe de fiscalización financiera la Cámara de Cuentas de Andalucía emite una opinión de fiscalización financiera con salvedades, como que la entidad no ha reconocido ni valorado la cesión de uso gratuita del inmovilizado en donde se ubican sus oficinas administrativas, incumpliendo la norma que establece las normas de reconocimiento y valoración de las adscripciones y otras cesiones gratuitas de uso de bienes y derechos, tampoco se proporciona información alguna en la memoria.

Asimismo, explica que dentro del epígrafe de "otras deudas" del Pasivo Corriente del Balance se recogen las fianzas recibidas de los usuarios de las tarjetas de transporte, cuyo saldo al cierre del ejercicio asciende a 69.753 euros.

A juicio de la Cámara de Cuentas, los criterios de reconocimiento y valoración de las fianzas recibidas no garantizan que se pueda disponer de un registro detallado e individualizado de las mismas y, por tanto, de la razonabilidad del saldo de dicha cuenta al cierre del ejercicio.

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