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Prisión provisional para Blasco eludible con 200.000 euros de fianza

El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) ha acordado prisión provisional para el exconsejero de Solidaridad y Ciudadanía y exdiputado no adscrito en las Cortes regionales Rafael Blasco, eludible con 200.000 euros de fianza

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  • Blasco. -

El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) ha acordado prisión provisional para el exconsejero de Solidaridad y Ciudadanía y exdiputado no adscrito en las Cortes regionales Rafael Blasco, eludible con 200.000 euros de fianza, tras su condena a ocho años de cárcel por la primera pieza del 'caso Cooperación', relativa al desvío de ayudas para proyectos de abastecimiento de agua en Nicaragua. La Sala considera que al ser el "principal promotor" de los hechos, podría tener "contactos y relaciones" para una "eventual elusión" de la justicia hasta que se declare firme la sentencia por parte del Tribunal Supremo (TS).

El tribunal valenciano le da 48 horas al exconsejero, condenado por un delito continuado de malversación de caudales, en concurso con un delito de tráfico de influencias, otro de prevaricación y un delito de falsedad en documento oficial, para aportar el dinero y, en caso de no hacerlo, se le advierte con que se le mandará a prisión de manera inmediata.

Junto a esta medida, los magistrados le prohíben salir del territorio nacional y le solicitan la entrega de su pasaporte. Paralelamente, notificará esta situación a las autoridades de fronteras y policiales, según consta en un auto contra el que cabe interponer recurso de súplica. Así mismo, Blasco tendrá que comparecer semanalmente ante el tribunal.

Las acusaciones --Fiscalía Anticorrupción, Abogacía de la Generalitat y Antonio Penadés-- habían solicitado para el exconsejero la prisión incondicional y, subsidiariamente, el pago de una fianza de dos millones de euros ante el riesgo de fuga hasta que se declare firme la sentencia, que va a ser recurrida ante el TS por las defensas.

Ante esta petición, el tribunal, lo primero que recuerda es que esta medida de prisión se concibe como "algo excepcional", y pese a que ha estado cumpliendo con "todos los llamamientos" de la Sala, tras la condena han cambiado sus circunstancias, "lo que hace que las sospechas que pudieran haber justificado en su día la adopción de alguna medida, se hacen aún más patentes".

Este caso, en referencia a Blasco, adquiere para el tribunal "especial intensidad" ya que recalca que ha sido considerado como el "principal promotor de los hechos", "lo que no solo hace su conducta más grave aún si cabe, si no que le confiere un especial dominio del hecho, así como una serie de contactos y relaciones que pudieran facilitar una eventual elusión" de la justicia.

Así mismo, recuerda que Blasco "puede que tuviera" un profundo arraigo en la Comunidad Valenciana por su vinculación política, pero actualmente --matiza-- ésta "ha quedado rota" tras su cese como diputado No Adscrito en las Cortes Valencianas.

Esto se une --puntualiza el tribunal-- a que de la investigación llevada a cabo no se le ha encontrado un "especial patrimonio" acorde "a la posición que cabe presumirle", lo que "hace pensar en alguna suerte de ocultación, de la que pudiera seguirse algún intento de elusión de la acción de la justicia".

Este "temor", aunque no llega hasta el extremo de aconsejar su prisión inmediata e incondicional, como reclamaba la Fiscalía, si que justificaría, a juicio del tribunal, la imposición de una fianza que le permitiera eludirla, y la cifra en 200.000 euros, dado que entiende que la cantidad solicitada por las acusaciones resulta "desproporcionada, no teniendo base alguna para pensar que llegue a tener un patrimonio suficiente para prestarla".

Ahora, el exconsejero Blasco, quien hasta después de la condena ha asegurado que es "inocente", tendrá que abonar los 200.000 euros de fianza en el plazo de 48 horas, pese a que tiene embargadas las cuentas y los bienes por parte del Tribunal de Cuentas.

RESTO DE CONDENADOS

El tribunal también se ha pronunciado sobre las medidas cautelares solicitadas para la exsecretaria general de la extinta Consejería de Solidaridad, Tina Sanjuán, para quien ordena prisión provisional eludible con fianza de 6.000 euros, y le da 48 horas para pagarla. También le ordena la entrega del pasaporte y le fija comparecencias semanales en el juzgado en base a la "gravedad" de la pena y ante un "cierto arraigo" fuera de la nación.

Precisamente para Tina Sanjuán, condenada a siete años y medio de prisión, la Fiscalía Anticorrupción también solicitaba prisión incondicional y, subsidiariamente, el pago de una fianza de 600.000 euros.

Así mismo, el tribunal retira el pasaporte al exsubsecretario de la Consejería, Alexandre Català, y le obliga a comparecer semanalmente en el juzgado; así como al ex jefe de servicio de Cooperación, Marc Llinares; al presidente de la Fundación Cyes, Marcial López; y a una trabajadores de esta fundación y pareja de este último, Josefa Cervera. Estos dos últimos ya habían entregado su pasaporte.

Respecto al exjefe de gabinete de Blasco, Xavier Llopis, el tribunal también le prohíbe la salida del territorio nacional y le ordena la entrega de su pasaporte. También le impone comparecencias ante el juez pero, a dife rencia del resto de los condenados, de forma quincenal.

En esta causa ha habido otros dos condenados, el empresario y cabecilla de la trama, Augusto César Tauroni, quien se encuentra en prisión desde el inicio de las diligencias; y el ex director general de la extinta Consejería Josep María Felip, quien tan solo fue condenado a siete años de inhabilitación por un delito de prevaricación, pero no se le impuso prisión.

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