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Galicia

El Supremo rebaja siete años la condena a un hombre que abusó de sus dos sobrinos

Los niños se fueron a dormir a una habitación en una especie de sofá-cama al que se unió un camastro, en compañía del condenado

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  • Edificio del Tribunal Supremo. -

El Tribunal Supremo ha rebajado la condena de 19 a 12 años de prisión a un hombre que abusó sexualmente de sus dos sobrinos de 10 y 13 años en Orense, al considerar uno de los delitos como continuado y al aplicar, además, la ley del solo sí es sí.

Los hechos ocurrieron el 23 de junio de 2018 cuando el condenado llegó a casa de su madre para celebrar las fiestas de San Juan, donde iban a pasar la noche sus dos sobrinos nietos, de 10 y 13 años.

Los niños se fueron a dormir a una habitación en una especie de sofá-cama al que se unió un camastro, en compañía del condenado.

Aprovechándose de la diferencia de edad y de su superioridad por su relación familiar, el hombre comenzó a tocar al niño pequeño, que estaba a su lado, si bien este dio un manotazo a su tío y se intercambió el sitio con su hermano mayor, que quería protegerle pensando que así el condenado pondría fin a los tocamientos.

Sin embargo, el tío no frenó y esta vez comenzó a tocar al hermano mayor, a quien le bajó el bañador e intentó penetrarle sin éxito mientras el niño le pedía reiteradamente que parase. Finalmente eyaculó pero tras masturbarse.

Al día siguiente, el acusado convenció al mayor para que lo acompañase en su coche, bajo la promesa de comprarle un helado. Pero antes se detuvieron en un pinar, donde nuevamente el acusado le bajó el bañador y trató de penetrarle, si bien el niño pudo zafarse y abandonar el coche.

El tío le convenció para que volviera a subirse retornando juntos a la casa familiar, pero ya en el coche el niño le advirtió que iba a contar todo a su madre, a lo que el condenado respondió pidiéndole perdón y rogándole que no se lo contara.

La Audiencia de Orense le condenó a 19 años de prisión, por dos delitos de abuso sexual contra el mayor de los hermanos y otro más contra el menor. El Tribunal Superior de Justicia de Galicia confirmó la sentencia, pero ahora el Supremo estima parcialmente el recurso del condenado por dos motivos.

La Sala no cuestiona el relato pero si la tipificación de los hechos, al considerar como un único delito continuado de abusos sexuales los dos delitos imputados sobre el hermano mayor, que juntos sumaban 15 años, lo que supone una rebaja de la condena pues este delito se castiga con un arco de 9 a 12 años de prisión.

Pero, además, una vez tipificados los dos delitos -uno sobre cada hermano-, la Sala rebaja aun más la condena al aplicar la ley del solo sí es sí, que resulta más beneficiosa para el condenado.

La rebaja afecta tanto al delito continuado de abuso sexual, que se queda en nueve años de prisión, la mínima con la actual legislación; y al delito de abuso sexual, que deja en tres años. 

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