La Sala de lo Civil y Penal del TSXG ha desestimado el recurso de una mujer condenada por un delito continuado de abuso sexual sobre un menor de 16 años, y ha ratificado la pena de 4 años de prisión impuesta por la sección segunda de la Audiencia Provincial de Ourense.
La procesada fue condenada a 4 años de prisión por abusar sexualmente del sobrino de su expareja durante el verano de 2020. Además, se le impuso la inhabilitación para profesión que conlleve contacto con menores durante 7 años, la prohibición de acercarse o comunicarse con la víctima durante 6 años, y la medida de 2 años de libertad vigilada.
La defensa recurrió la sentencia, alegando, entre otras cuestiones, que el testimonio de la víctima no reunía todos los requisitos de credibilidad y cuestionando la autenticidad de los mensajes de WhatsApp intercambiados entre ambos. Igualmente, argumentaba que se había vulnerado el principio de presunción de inocencia.
Sin embargo, el alto tribunal gallego ha desestimado sus pretensiones, y señala en su sentencia que la investigada contactó con el menor por una aplicación de mensajería después de llevar años sin verse, siendo conocedora de su edad. De esa manera, ambos comenzaron una relación sentimental durante el verano de 2020, insistiendo en todo momento la acusada en que debían mantener en secreto esos encuentros.
Los magistrados indican que los mensajes de la aplicación, adjuntados como prueba, "no dejan lugar a duda acerca de la índole y contenido sexual de las relaciones entre ambos", aunque las declaraciones del menor sean "contradictorias".
Por ello, el TSXG ha desestimado el recurso de apelación en una sentencia que, con todo, no es firme, porque puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo.