El tiempo en: Jaén
Publicidad Ai
Publicidad Ai

Huelva

Sindicatos ganan la primera batalla contra la fusión hospitalaria

El juez estima el recurso sindical al entender que las actuaciones realizadas hasta noviembre de 2014 fueron hechas "por persona incompetente -el director-gerente del complejo hospitalario- y en ausencia de la normativa oportuna -que no se aprueba hasta esa fecha-"

Publicidad Ai
Publicidad Ai
Publicidad Ai
  • Juan Ramón Jiménez -

La disputa entre los sindicatos sanitarios y la Junta de Andalucía a cuenta de la fusión de los hospitales de la capital onubense ha escrito este miércoles un nuevo capítulo que, en este caso, inclina la balanza hacia el lado de los representantes sindicales, que han visto cómo la Justicia les da la razón a través de un auto que aún no es firme.

Así, el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 3 de Huelva ha estimado el recurso que presentaron el Sindicato Médico de Huelva, el Sindicato de Auxiliares de Enfermería y el Sindicato de Enfermería (Satse)  y anula todo lo realizado en el proceso de fusión del Juan Ramón Jiménez y el Infanta Elena hasta el 21 de noviembre  de 2014.

La fecha no está escogida al azar, puesto que es cuando está datada la orden de la Consejería de Salud sobre la unificación de los dos hospitales bajo la denominación de Complejo Hospitalario Universitario de Huelva.

Hasta ese momento, entiende el juez que “no es conforme a derecho la actuación material constitutiva de vía de hecho del Servicio Andaluz de Salud en relación con la fusión de los hospitales Juan Ramón Jiménez e Infanta Elena de Huelva realizada antes de la resolución de 21 de noviembre de 2014”, según reza el auto al que ha tenido acceso Viva Huelva.

El argumento que esgrime el juez es que esta actuación fue realizada “por persona incompetente -el director-gerente del complejo hospitalario- y en ausencia de la normativa oportuna -la resolución de noviembre de 2014-”, por lo que “se anulan en consecuencia todos los actos derivados de tal actuación, con todos los efectos inherentes a tal pronunciamiento”.

“Acto unilateral”
Sobre la competencia para realizar estas actuaciones, el auto señala que “el traslado de personal de un centro a otro, así como de cuanto concierte a la determinación de las áreas hospitalarias existentes y la estructura y el funcionamiento de los hospitales, queda patentemente al margen del ámbito de competencias del director gerente, por corresponder al Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía”.

A esto se añade que “la existencia de una denominada alianza estratégica orientada de manera más o menos explícita a la fusión de ambos centros hospitalarios constituye un acto unilateral de dicho cargo, en cuya elaboración no consta haya tenido intervención alguna ni la Consejería de Salud, ni el Consejo de Gobierno, ni sindicatos y profesionales”.

La sentencia no es firme, de modo que cabe recurso de apelación ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, aunque por el momento, desde la Junta no se tomado una decisión, pues el SAS “está valorando si recurrirá la sentencia”.

Así lo ha manifestado la Delegación de Salud en un comunicado remitido a este periódico, en el que también minimizan los posibles efectos de esta sentencia: “No va a tener, en la práctica, ninguna repercusión en la organización asistencial en relación a los pacientes ni a los profesionales, mucho más teniendo en cuenta que las modificaciones realizadas en los servicios sanitarios a los que hace referencia se produjeron de forma posterior a la orden o bien todavía no han tenido lugar”.

A esto añaden que “todas las actuaciones efectuadas en relación al proceso de unificación, así como las próximas previstas, siguen teniendo absoluta validez, contando con el respaldo legal de la mencionada orden, que entró en vigor el día siguiente a su publicación en el BOJA, el 1 de diciembre de 2014”.

Sin embargo, los sindicatos que impulsaron el recurso no lo ven tan claro, y de hecho, el Sindicato Médico recuerda que dicha norma está recurrida por ellos ante el TSJA. Además, aplauden la sentencia dictada en Huelva porque “condena la forma de actuar habitual del SAS, la vía de hecho (es la actuación de la administración fuera de su ámbito de competencia), de modo que abre una nueva vía para que la Administración entienda que no puede actuar como quiera”.

Asimismo, desde el Sindicato Médico lamentan que “esta forma de actuar, no sólo del gerente haya llevado a Huelva y los usuarios a esta situación”.

Cese del gerente
En la misma línea, desde Satse, tras valorar de forma “muy positiva” el auto judicial, reclaman que “por la manifiesta ilegalidad cometida por el director gerente de los hospitales Juan Ramón Jiménez e Infanta Elena de Huelva, Rafael García-Vargas Machuca, desde los organismos superiores se depuren responsabilidades y procedan a su cese fulminante”.

TE RECOMENDAMOS

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN