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Denegada la licencia a la planta de estiércol por falta de autorización ambiental en Jaén

Conlleva afección por ocupación de suelo como recurso natural y, consecuentemente, la actuación no podrá iniciarse sin la preceptiva autorización

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  • Obras para la Planta de Estiércol Puente Jontoya. -

La falta de autorización ambiental unificada impide al Ayuntamiento de Jaén otorgar la licencia de primera actividad a la planta de secadero de estiércol construida en la zona residencial del Puente Jontoya, a las afueras de la capital jiennense.

Así lo ha asegurado el Ayuntamiento de Jaén tras haber sido informada la Gerencia de Urbanismo por la Delegación Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul de la Junta de que la ejecución del proyecto conlleva afección por ocupación de suelo como recurso natural y, consecuentemente, la actuación no podrá iniciarse sin la preceptiva autorización.

En la información remitida al Ayuntamiento relativa a la situación administrativa de la actuación, la Delegación de Medio Ambiente expone que la planta implica una modificación sustancial por cambio o ampliación de actividades ya autorizadas. Resalta así que la planta se acopiará parte del estiércol generado por una vaquería en funcionamiento.

Según el Ayuntamiento de Jaén, la licencia de obras, otorgada el 29 de diciembre de 2021 por el anterior equipo de gobierno, propició la construcción de una planta para acopio temporal del 50 % del estiércol generado en una vaquería entre los meses de octubre a febrero, siendo la superficie útil de almacenamiento de 2.869 metros cúbicos, lo que implica un volumen anual de alrededor de 21.041 metros cúbicos.

La comunicación de la Junta se deriva de las alegaciones/denuncias presentadas por una asociación de vecinos y por Ecologistas en Acción, cuyos representantes han mantenido diversas reuniones con el equipo de gobierno, de las que surge el compromiso del Ayuntamiento de realizar una revisión exhaustiva de la planta de estiércol, dado que su prioridad es velar por la seguridad de los vecinos.

La concejal de Urbanismo, Carmen Colmenero, precisa que el Ayuntamiento tiene asimismo que velar por la legalidad, por lo que, para no contravenir el artículo 17.2 de la Ley 7/2007 de Gestión Integrada de Calidad Ambiental, “la licencia municipal de funcionamiento de la planta de estiércol está supeditada a la resolución previa del procedimiento regulado”, ha concluido. 

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