Condena a un vecino de Los Villares por agredir sexualmente a una menor

Publicado: 12/03/2025
El TSJA confirma la condena a un vecino de Los Villares por agredir sexualmente a una menor de 14 años
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado la sentencia por la que un vecino de Los Villares que fue condenado a siete años de cárcel por agredir sexualmente a una menor de 14 años en octubre de 2021.

Lo hace después de desestimar el recurso de apelación que la defensa presentó contra la citada resolución de la Sección Segunda de la Audiencia de Jaén. En él, aludía a la lesión de la presunción de inocencia al entender que el relato de la menor no era fiable ni convincente, estaba desvirtuado por el resto de la actividad probatoria y que no se habían tenido en cuenta la influencia de diversas vicisitudes en la víctima. Cuestiones que rechaza el TSJA.

Los hechos probados que se recogían en la citada sentencia se remontan al 23 de octubre de 2021, cuando la menor estaba en un grupo celebrando un cumpleaños en una casa en construcción.

Al término de la celebración, el acusado, de 38 años, se ofreció a acompañar a la víctima y a otra menor, de 15 años, al centro del pueblo para seguidamente invitarlas a tomar algo en un pub, a lo que accedieron las dos menores.

En el interior, la víctima llamó por teléfono a un amigo para que las acompañara porque su amiga había bebido y no se sentía bien. El amigo, tal y como recoge la sentencia, se personó en el pub y ya en la calle, mientras acompañaba a la que peor se encontraba, la otra menor caminaba por detrás junto con el acusado.

En un momento, dado el acusado "de forma sorpresiva y sin contar con el consentimiento" de la menor empezó a tocarla por dentro y por fuera de la ropa hasta que finalmente la menor pudo empujarlo y salir huyendo hasta refugiarse en casa de su amiga donde contó lo que le había ocurrido.

Además de la pena de siete años de prisión, se le imponen otros siete años de prohibición de comunicarse o acercarse a la víctima, cinco años de libertad vigilada y otros cinco de inhabilitación especial para el ejercicio de cualquier profesión u oficio que conlleve contacto regular y directo con personas menores de edad. En cuanto a responsabilidad civil, se le condenó a indemnizar a la menor en 15.000 euros.

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