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Jaén

Condenan a Unicaja por la cláusula suelo en un local

La Audiencia considera consumidor al titular de un local adquirido como inversión y no como negocio

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  • Sede de Unicaja -

La Audiencia Provincial de Jaén ha condenado a Unicaja a eliminar una cláusula suelo inserta en una hipoteca de un local de negocio, con restitución de cantidades desde mayo 2013. La letrada Magdalena Rico ha sido la artífice de una sentencia que abre una brecha en la historia judicial de la cláusula suelo, puesto que todos los locales comerciales sobre los que pese una cláusula suelo podrán reclamar la eliminación de dicha cláusula abusiva y la devolución de cantidades, si se encuentran en la situación definida en la resolución judicial.
La Audiencia de Jaén ha confirmado el criterio del Juzgado de lo Mercantil de la misma ciudad, considerando consumidor a un titular de un local de negocio que compró el local de negocio como inversión, sin tener relación con su actividad, aunque posteriormente dicho local fuera alquilado para discoteca y para bar. Por todo ello, dice el  tribunal, procede la aplicación de la doctrina de la nulidad de la cláusula suelo, con los efectos intrínsecos que ello tiene, con la devolución de cantidades desde mayo 2013.
La letrada Magdalena Rico Palao asegura que el  Tribunal ha respetado el criterio impuesto por el TS en su sentencia de 25 de marzo del 2015 y aprueba que se devuelvan cantidades pagadas de más por las cláusulas suelo desde la primera sentencia del Alto Tribunal, de mayo de 2013.

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