El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha respaldado el criterio del Ayuntamiento en el conflicto de cuadros horarios especiales de varios servicios municipales, con la reciente sentencia que anula la resolución judicial que estimó la demanda interpuesta por el sindicato CGT contra los cuadros horarios especiales de los servicios de Turismo, Alcázar y Acción Social, que habían sido implantados desde el año pasado.
El Gobierno municipal destaca “la importancia de esta sentencia, no sólo porque los cuadros horarios especiales de dichos servicios se sigan aplicando sino, sobre todo, porque sienta el criterio de que la competencia para conocer demandas contra los acuerdos municipales cuyos destinatarios sean tanto personal funcionario como laboral es la del orden Contencioso-Administrativo y no la del orden Social”.
El Ejecutivo local recuerda que “la plantilla municipal tiene más de un setenta por ciento de personal laboral, y que los sindicatos vienen prefiriendo impugnar los acuerdos ante los juzgados de lo Social para pretender luego aplicar la sentencia, de ganar la demanda, también al personal funcionario. Lo cual provoca conflictividad laboral. A partir de ahora será el juzgado Contencioso-Administrativo el que tendrá que conocer de este tipo de demandas, simplificando la gestión de Recursos Humanos”.