La Audiencia condena a los dos acusados, Juan Carlos Cimiano (el autor material de los disparos) y Fidel Echevarría (que conducía el vehículo) por tres delitos de asesinato, después de que el Jurado popular los declarara culpables de esas muertes.
Los miembros del Jurado declararon probado, y así se refleja en la sentencia, que el 19 de octubre de 2009 Juan Carlos Cimiano fue el autor de los disparos que acabaron con la vida de estas tres personas, mientras que Fidel Echevarría le facilitó el transporte y la huida del lugar de los hechos, por lo que se le condena como cooperador necesario.
La sentencia, que ha redactado el presidente de la Audiencia, José Luis López del Moral, contempla la agravante de alevosía, porque, según razona, las víctimas no tuvieron posibilidad de defenderse. También aprecia la atenuante de drogadicción en Cimiano.
Según los hechos probados, el día del crimen el vehículo que conducía Fidel Echevarría se detuvo entre las 9.00 y las 9.30 horas en el arcén de una carretera próxima al centro penitenciario para situarse a continuación detrás de la furgoneta Renault en la que estaban Isidoro, María Jesús y Tomás Ruiz, que regresaba a El Dueso después de un permiso.
Según el fallo, el acusado se introdujo parcialmente a través del hueco de la ventanilla y disparó sobre los ocupantes de la furgoneta con una pistola semiautomática.
La sentencia alude a las manifestaciones que realizaron en la vista la testigo protegido que vio a Cimiano junto a la ventanilla de la furgoneta y al Audi en movimiento y a las pruebas aportadas pro la Guardia Civil: balísticas y de análisis de huellas digitales y otros restos biológicos.