Los padres tendrán la obligación de llegar a un acuerdo a la hora de decidir el apellido de los hijos, y si finalmente no lo consiguen, será el encargado del Registro Civil el que tome la decisión atendiendo al interés superior de los menores. Así lo acordó ayer la Comisión de Justicia del Congreso, que ha aprobado el proyecto de ley del Registro Civil, que persigue la modernización de este órgano adaptándolo a las nuevas tecnologías y la desjudicialización del mismo, entre otros asuntos.
La Comisión, que tiene competencia legislativa plena, finalmente ha rechazado la propuesta inicial del Gobierno que establecía que el orden de los apellidos de los hijos, en caso de desacuerdo de los progenitores, lo determinaría el encargado del Registro en función del orden alfabético.
Según la enmienda transaccional aprobada por 37 votos a favor y una abstención, los progenitores tendrán el derecho pero también el deber de decidir dicho orden y si no llegan a un acuerdo sobre éste, se les dará un plazo de tres días para que continúen con la negociación. Si aún así no logran un acuerdo, será el encargado del Registro el que, en función del interés superior de los hijos decida el orden de los apellidos.
El portavoz de CiU en la Comisión, Jordi Jané, señaló que la regla alfabética “no tenía ningún sentido” y que son los padres los que “tienen el imperativo” de decidirlo. “¿Cuál es el interés superior del menor si los progenitores no se ponen de acuerdo?”, se preguntó Jané, quien en este sentido puso como ejemplo que si a una niña la ponen Dolores de nombre y los apellidos de los padres son Segura y Guerra, es mejor que se llame “Dolores Segura Guerra que Dolores Guerra Segura”.
Si se quiere proteger el interés del menor, evidentemente, dijo Jane, el encargado del Registro evitará un perjuicio adicional. En este sentido, el diputado del PNV, Emilio Olabarría, señaló que se debería especificar el procedimiento que debería seguir el encargado para llevar a cabo esta tarea, mientras que Joan Tardá, de ERC, señaló que mantendrá en el Senado su propuesta de que sea el azar el que lo decida, porque ha considerado que no se puede dejar esta cuestión a la elección del funcionario sin ningún criterio establecido.
Por su parte, el portavoz del PSOE, Julio Villarrubia, aunque aprobó la enmienda consensuada por todos los grupos ha reconocido que le hubiera gustado que se hubiera aprobado la propuesta del orden alfabético. Al margen de este punto, el proyecto de ley aprobado reconoce que la personalidad se adquiere nada más nacer y no es necesario, como establecía la legislación vigente, esperar a las 24 horas del nacimiento.
Además, los padres podrán registrar el nombre de un hijo que haya fallecido antes de su nacimiento siempre que la gestación supere los seis meses, y se ha adelantado a los 16 años la edad obligatoria por si una persona quiere modificar su nombre y sus apellidos. La reforma del Registro Civil contempla también la desaparición del tradicional libro de familia, que será sustituida por una base electrónica en la que los ciudadanos podrán consultar todos sus datos en cualquier momento y lugar del país.
Con este proyecto de ley, se pretende configurar un Registro Civil electrónico moderno, rápido, accesible y único para toda España. El PP, a través de su diputado Vicente Ferrer, señaló que a pesar de que su grupo ha votado a favor del proyecto de ley lo ha hecho “con poco entusiasmo” al considerar que expresa dudas, puesto que puede suponer, a su juicio, la pérdida de garantías que ofrece la tutela judicial.
Antes del comienzo de la Comisión, varias decenas de funcionarios de la Administración de la Justicia, convocados por CC.OO, se han concentrado frente al Congreso de los Diputados para exigir que esta reforma no suponga la pérdida de puestos de trabajo o un empeoramiento de las condiciones laborales.