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Provincia de Granada

Pérez ve \"esperpéntico\" que el alcalde de Íllora siga en su puesto pese a haber sido condenado

La Fiscalía de Granada pedía para los cinco procesados una pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de nueve años, que la acusación particular elevaba un año más, hasta los diez de inhabilitación, aunque el magistrado ha impuesto una pena algo menor, de ocho años

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El presidente del PP de Granada, Sebastián Pérez, ha considerado este lunes "inaudito y esperpéntico" que el alcalde socialista de Íllora (Granada), Francisco Domene, permanezca en su puesto pese a haber sido condenado a ocho años de inhabilitación por prevaricación en la adjudicación de la radio municipal y la edición de un periódico de ámbito local a una empresa privada prescindiendo de lo que exige la Ley de Contratación Pública.

   En declaraciones a los periodistas en Armilla (Granada), Pérez ha criticado la actuación de la dirección provincial del PSOE en este caso ya que, en su opinión, debería "ponerlo en la calle inmediatamente". Al presidente del PP no le "cuadra" las declaraciones de Pedro Sánchez o de Susana Díaz acerca de que serían "implacables" con la corrupción con dejar en la Alcaldía a Domene.

   Por ello, ha considerado que los socialistas "están haciendo un discurso cínico" que "no tiene que ver con la realidad", y "están engañando sistemáticamente a los ciudadanos".

   Además de Domene, el Juzgado de lo Penal 1 de Granada ha condenado a la misma pena a cuatro de los concejales que en aquel momento pertenecían a la corporación y que participaron del proceso, concretamente María Victoria Fuentes Pérez, María Ángeles Román Vega, Enrique Recio Gordo, y Antonia Blázquez Rodríguez.

    La Fiscalía de Granada pedía para los cinco procesados una pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de nueve años, que la acusación particular elevaba un año más, hasta los diez de inhabilitación, aunque el magistrado ha impuesto una pena algo menor, de ocho años.

   Los hechos se remontan al 26 de mayo de 2005 cuando el Ayuntamiento de Íllora adoptó un acuerdo relativo a la modificación de estatutos de la empresa municipal Parapanda Comunicación S.L., en la que se contemplaba, entre otros aspectos, que el gobierno y la administración de la sociedad sería regida por la Junta General (El Ayuntamiento pleno), el consejo de administración (designado por la Junta General y con representación de todos los grupos políticos) y el director-gerente.

   Así, el 8 de enero de 2008 se constituyó el nuevo consejo de administración de Parapanda Comunicación, empresa pública de capital íntegramente municipal, y regida por los acusados como concejales en la corporación de Íllora.               

   Ya con fecha 19 de febrero de 2008 se celebró la reunión del consejo, en la que, "sin haber mediado convocatoria pública", "ni proyecto ni oferta concreta" y "con ánimo de favorecer a su representante", se adjudicó la gestión de la radio municipal y la edición de un periódico de ámbito municipal a la empresa 'Silvania Producciones S.L.', tras el voto favorable de los procesados, "conocedores de las irregularidades cometidas".

   Para el magistrado Manuel Piñar, y según consta en la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, con las pruebas practicadas "se acredita que los acusados tuvieron una intencionalidad preconstituida y una voluntad deliberada y consciente" de adjudicar esos servicios municipales a favor de Silvania Producciones "con el objeto de favorecer a su socio único y administrador Francisco Izquierdo por encima de cualquier otro objetivo".

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