El tiempo en: Jaén

Andalucía

ERE: Seis años de cárcel a Griñán y nueve de inhabilitación a Chaves

La Audiencia de Sevillas condena a 19 de los 21 ex altos cargos de la Junta de Andalucía entre los años 2000 y 2009

Publicidad Ai
Publicidad Ai Publicidad Ai
Publicidad AiPublicidad AiPublicidad Ai
Publicidad AiPublicidad Ai
Publicidad AiPublicidad Ai
Cargando el reproductor....
  • Gaspar Zarrías y Magdalena Álvarez, condenados a nueve años de inhabilitación especial
  • Ambos expresidentes fueron "plenamente conscientes de la patente ilegalidad"
  • Dureza con el núcleo duro de la Consejería de Empleo

La Audiencia de Sevilla se ha pronunciado contundentemente sobre el mayor caso de corrupción de la historia andaluza, y uno de los más importantes de España. Los expresidentes de la Junta de Andalucía Manuel Chaves y José Antonio Griñán han sido condenados por el caso de los ERE, que ha tenido nueve años de investigación, uno de juicio y diez meses de redacción de la sentencia. Chaves ha sido condenado por un delito continuado de prevaricación a nueve años de inhabilitación. Griñán, a seis años y dos días de prisión e inhabilitación absoluta durante 15 años por un delito continuado de prevaricación y otro continuado de malversación de fondos públicos. Ambos fueron “plenamente conscientes de la patente ilegalidad” de la forma de conceder ayudas, que beneficiaban a empresas y no trabajadores.

Esto aparece hasta en nueve ocasiones en la sentencia redactada por el juez Juan Antonio Calle Peña, que consta de 1.821 folios. También sabían de esta “patente ilegalidad” los exconsejeros Gaspar Zarrías y Magdalena Álvarez, condenados a nueve años de inhabilitación por un delito continuado de prevaricación.

Anticorrupción señaló que 680 millones de euros. La sentencia recoge la “absoluta falta de control de la concesión de subvenciones sociolaborales a empresas en crisis” y que “se omitía la fiscalización previa en la Consejería de Empleo”. Precisamente las penas más duras se las lleva el núcleo duro de dicha consejería. Antonio Fernández, exconsejero entre 2000 y 2004, y Francisco Javier Guerrero, exdirector general de Trabajo y Seguridad Social, han sido condenados a casi ocho años de cárcel y casi 20 años de inhabilitación. La Junta creó entre los años 2000 y 2009 un sistema “ágil” para responder a los conflictos sociolaborales, pero lo hizo eliminando los mecanismos de control legales.

También han sido condenados a prisión otros nueve ex altos cargos: los exconsejeros José Antonio Viera (siete años), Francisco Vallejo (siete años), Carmen Martínez Aguayo (seis años), los exviceconsejeros Agustín Barberá (siete años), Jesús María Rodríguez (seis años), el ex director general de Trabajo Juan Márquez (siete años), y el ex director general de la agencia Idea Miguel Ángel Serrano (seis años).

El resto de las condenas son por inhabilitación, entre ellas la del exviceconsejero José Salgueiro (nueve años), el ex director general de Presupuestos Antonio Vicente Lozano (nueve años) y el ex secretario general de Empleo Javier Aguado (nueve años). A estos se unen la ex secretaria general de Empleo Lourdes Medina (ocho años y seis meses de inhabilitación), el ex secretario general de Empleo Juan Francisco Sánchez (nueve años) y, por último el ex director de IDEA Jacinto Cañete (ocho años y seis meses). Hay dos personas que han resultado absueltas: el ex interventor general de la Junta Manuel Gómez, que estaba acusado por delitos de prevaricación y malversación, y el ex jefe del Gabinete Jurídico de la Junta, Francisco del Río, procesado por prevaricación. Ninguno de los condenados quisieron dar explicaciones tras conocer el fallo.

Falta de fiscalización

El caso ERE arrancó en julio de 2001 cuando se firmó un convenio marco por parte de la Consejería de Empleo para materializar ayudas en materia de Trabajo y Seguridad Social. La maniobra de la Junta de Andalucía de acelerar las subvenciones a empresas en quiebra propició que esas ayudas fueran concedidas al margen del Presupuesto. “Ni uno solo de los expedientes de concesión de ayudas sociolaborales y ayudas a empresas” fueron fiscalizados. Eso provocó la “absoluta falta de control” del gasto.

La forma “indebida” de presupuestar las transferencias de financiación por la Consejería de Economía y Hacienda, que entonces dirigía Griñán, y que luego aprobaba el Consejo de Gobierno, fue lo que permitió que “se prescindiera total y absolutamente del procedimiento administrativo en la concesión y pago de las subvenciones”.

La Consejería de Empleo disfrutó desde el año 2001 de fondos públicos gracias al programa 22E y luego 31L con el fin de que “se gastaran y ejecutaran prescindiendo total y absolutamente del procedimiento legalmente establecido”. Esto provocó “la ausencia de control alguno de la pertenencia a la empresa de las personas beneficiarias incluidas en las pólizas de rentas sufragadas con fondos públicos”.

Todo esto fue denunciado en los informes de la Intervención. “Vistas las anteriores deficiencias se puede concluir que la citada Dirección General ha tramitado subvenciones excepcionales prescindiendo de forma total y absoluta del procedimiento administrativo establecido”, decía una de las denuncias de la Intervención General de la Junta de Andalucía.

La existencia de estos desfases presupuestarios o déficit se pone también de manifiesto en las Memorias de las Cuentas Anuales de IFA-IDEA. “En definitiva, permitía el enriquecimiento de empresas, a través del ahorro de gastos, y de terceros, ajeno a cualquier interés social o público debidamente acreditado”, asegura la sentencia.

“Las consecuencias económicas para los fondos públicos de la Junta de Andalucía fueron claras e importantes”, por lo que los hechos declarados son constitutivos de un delito continuado de prevaricación y otro continuado de malversación de caudales públicos.

Cinco días para comunicar sus recursos de casación al Supremo

Los procesados que han resultado condenados en el juicio de la llamada pieza política del caso de los expedientes de regulación de empleo (ERE) fraudulentos de la Junta de Andalucía dispondrán de un plazo de cinco días para comunicar el posible recurso de casación al Tribunal Supremo (TS) que quieran interponer contra el fallo notificado este martes.

Así se desprende del fallo de la sentencia de la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Sevilla que se ha dado a conocer este martes y por la que han resultado condenados, entre otros, los expresidentes socialistas del Gobierno andaluz Manuel Chaves y José Antonio Griñán. De igual modo, el fallo señala que se declara “de abono para el cumplimiento de la pena de prisión el tiempo de privación de libertad sufridos por esta causa” por parte de encausados que, en la fase de instrucción del caso, pasaron un periodo en prisión provisional.

TE RECOMENDAMOS

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN