La
Autoridad Portuaria de Sevilla (APS), cuyo titular es Rafael Carmona, ha convocado un
concurso para la explotación de la terminal de cruceros y servicios a megayates mediante concesión administrativa en dos ámbitos diferentes, e
l muelle de las Delicias y el de Tablada, y por distintos plazos en función de que el negocio abarque cada uno por separado o los dos conjuntamente.
A los efectos del pliego del concurso y de la concesión administrativa a otorgar, un megayate es un buque/embarcación de recreo con eslora igual o superior a 24 metros. L
a adjudicación de los puestos de atraque a cruceros y megayates se realizará de forma directa y exclusiva por la APS, teniendo absoluta preferencia la disponibilidad de atraque para los buques de crucero. La APS podrá adjudicar el atraque de otro tipo de buques en el ámbito del Muelle de las Delicias y del Muelle de Tablada, sin derecho de contraprestación alguna a favor del concesionario.
Cualquier barco de crucero en operación comercial, independientemente de la identidad del naviero y del consignatario y del licenciatario del servicio portuario de pasaje, estará obligado por la APS (y por el pliego de pasaje, desde que éste se apruebe por la APS) a
utilizar la terminal de cruceros (salvo que se den escalas simultáneas y el concesionario declare incapacidad técnica para atender a alguno de ellos).
Quedarán fuera de esta circunstancia las operaciones no comerciales de barcos de crucero (largas estancias sin pasaje, u otras condiciones extraordinarias) que obtengan de la APS la
declaración de exención de la aplicación de esta instrucción.
ÁMBITOS
El
ámbito espacial de la terminal de cruceros y megayates se divide en dos zonas:
–Ámbito A (
Muelle de las Delicias): Comprende una superficie total de 5.100 m2, que incluye la edificación de la terminal de cruceros y megayates de 1.230,91 m2 y una superficie de 3.869,09 m2 de explanada del Muelle de las Delicias del Puerto de Sevilla.
Formará parte desde su inicio de vigencia de la concesión administrativa (Fase 1) todo el ámbito denominado A (Muelle Delicias).
–Ámbito B (
Muelle de Tablada): Comprende una superficie total de 1.548 m2, correspondiente con la edificación de la terminal de cruceros (tinglado 5 Distrito Urbano Portuario-DUP), cuya ubicación está prevista en el muelle de Tablada del Puerto de Sevilla, al que se trasladará la actividad de cruceros a partir de su entrada en funcionamiento.
La APS está desarrollando el denominado Distrito Urbano Portuario (DUP), en el que se incluye el ámbito denominado B (Fase Il). La disponibilidad del ámbito denominado B será comunicada por el director de la APS al concesionario
al menos con 6 meses de antelación. En todo caso, la fase 2 tiene una fecha límite de inicio: no podrá iniciarse más tarde del 01/01/2031.
La concesión administrativa que se otorgará tendrá una duración desde el 01/02/26 al 31/01/31 si el concesionario opta exclusivamente por desarrollar la fase l (ámbito A); y desde el 01/02/26 al 31/12/51 si desarrolla la fase Il (ámbito B).
USOS Y ACTIVIDADES
Las
actividades que deberán desarrollarse en el ámbito espacial de la concesión administrativa son, de forma resumida, las siguientes:
–De forma obligatoria, servicio portuario de
servicios al pasaje: Las actividades asociadas a la prestación del servicio portuario al pasaje pueden realizarse, para cada escala de buque de pasaje, bien por prestación directa por el concesionario (siendo éste el prestador del servicio portuario), o bien por cesión de la terminal por el concesionario (partes dedicadas al servicio portuario) a otros prestadores del servicio portuario al pasaje para que éstos lo presten.
–De forma optativa/complementaria con la obligatoria y supeditada a aquélla:
Servicios a megayates; Suministro de agua, luz o comunicaciones; Gestión de aparcamiento (en zonas autorizadas a tal efecto) asociado al buque; Organización y gestión de eventos a bordo de los buques; Servicio de vigilancia y control de acceso a la embarcación; Servicios de recepción y conserjería.
Se excluyen, en todo caso, la prestación de servicios definidos como portuarios en el T.R. de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante.
–Otras actividades complementarias: En el ámbito de la concesión administrativa se podrán desarrollar, como actividades complementarias, la organización, programación y celebración de
ferias, encuentros, eventos, públicos o privados, o actividades culturales y recreativas las cuales quedarán total y completamente supeditado a su disponibilidad en cada momento, al tener carácter preferente la utilización de las mismas para la atención de los buques de cruceros que atraquen en el Puerto de Sevilla.
Así, se prohíbe el desarrollo de estas actividades complementarias desde las 24 horas de antelación a la llegada de un crucero y hasta las 12 horas después de su marcha. Estas actividades se podrán desarrollar
entre las 10:00 horas y las 23:00 horas. Con carácter excepcional, y previa petición motivada del concesionario, la APS podrá autorizar la modificación de este horario.
Serán
actividades prohibidas las siguientes:
-
Venta al público al por mayor.
-La instalación de negocio de
pubs y bares con música y establecimientos de esparcimiento (no obstante, se permitirá la instalación de máquinas expendedoras de bebidas sin graduación alcohólica y comida envasada y productos de primera necesidad en el interior de las instalaciones cubiertas, previa autorización que deberá ser otorgada a tal efecto por la APS).
-Con carácter general se prohíbe la
emisión de música y otras actividades sonoras en el ámbito objeto de concesión. En todo caso, estará sometido a las ordenanzas sobre "protección del medio ambiente en materia de ruidos y vibraciones" que se encuentren vigentes en el municipio de Sevilla y las resoluciones que la APS adopte en cada momento.
-Queda prohibido la instalación de
carteles publicitarios en sus diferentes formas, excepto el identificativo de la propia actividad, cuya concreta localización deberá ser autorizada por la APS.
TASAS A ABONAR
Sólo en concepto de ocupación de los terrenos el adjudicatario abonará las siguientes tasas:
-Ámbito A (Muelle de las Delicias): 59.350,85 euros (IVA no incluido) en el año 2025.
-Ámbito B (Muelle de Tablada): 15.950,55 euros (IVA no incluido) en el año 2025.
La APS informa expresamente de que en la actualidad se está tramitando expediente de
nueva valoración de los terrenos y lámina de agua de la zona de servicio del Puerto.
La cuota íntegra de la tasa se variará y revisará de conformidad con lo establecido en el artículo 78 del Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante.
El adjudicatario estará obligado, a partir de la fecha de entrada en vigor del título concesional al abono de la
Tasa de actividad.
Los licitadores deberán presentar una fianza de 150.000 euros.
El concesionario percibirá, del naviero o del consignatario del buque, una tarifa por los pasajeros que hagan uso de la terminal (la cual estará dentro de la estructura de la
tarifa total por servicio portuario al pasaje que se apruebe en el pliego de pasaje).
-Por cada pasajero embarcado, desembarcado o en tránsito (incluidos el uso de pasarelas móviles, la organización y el control del embarque y desembarque) por cada 12 horas o fracción: 6,00 €.
-Por cada pasajero embarcado o desembarcado, en concepto de manipulación de equipaje: 16,00 €.
Esta tabla de tarifas máximas podrá ser variada, si procede, según se disponga en el pliego de pasaje y en la normativa vigente, para el total de las tarifas del servicio portuario.
ASES EN LA MANGA
La Autoridad Portuaria de Sevilla (APS) impone en el pliego del concurso cláusulas o condicionantes en detrimento del futuro concesionario de la terminal de cruceros, como las siguientes:
– La adjudicación del concurso, y posterior otorgamiento de la concesión,
no supone, en ningún caso, exclusividad, por lo que la APS podrá explotar directamente u indirectamente otros espacios en el Puerto de Sevilla como terminal de cruceros y yates y con la misma o similar actividad. Manifiesta, no obstante, que no está previsto en el Plan Estratégico del Puerto de Sevilla el otorgamiento de concesiones administrativas en los muelles gestionados actualmente directamente por la APS (Delicias, Tablada, Batán y Armamento) para el desarrollo de nuevas terminales de cruceros y yates adicional a lo previsto en el presente concurso.
-Indica que ha licitado el contrato relativo a
ADAPTACIÓN DEL MUELLE DE LAS/DELICIAS A NUEVOS USOS. SEVILLA, cuyas obras se deberán compatibilizar con la explotación de la concesión administrativa sin que proceda efectuar reclamación alguna por daños o perjuicios derivado de las referidas obras por parte del concesionario a la APS, declarando el concesionario conocer el contenido de las mismas.
– Se compatibilizará y posibilitará, de forma coordinada y preferente, la disponibilidad de las instalaciones de la TCY para los
actos institucionales y de carácter público que se organicen por la APS de lunes a viernes sin coste alguno para la misma (jornadas, encuentros de la Comunidad Portuaria, ruedas de prensa, actos internos con personal de la APS. Máximo, 15 días en cada año natural).
– El cartel de la actividad que realice el concesionario se deberá adecuar, sin quede ello resulte indemnización alguna por la APS, a la imagen corporativa de la APS que se comunique, en su caso, a tal efecto.