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Sevilla

Alaya ordena tasar el restaurante Río Grande para cubrir la fianza civil de su dueña

Además del establecimiento, un perito tasará otras dos fincas embargadas a Río Grande como responsable civil subsidiaria de la fianza de 1.990.689,36 euros impuesta a su dueña, María del Carmen García Sánchez

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  • Río Grande -

La juez que investiga el caso de los expedientes de regulación de empleo (ERE) irregulares ha ordenado que un perito realice una tasación del restaurante sevillano Río Grande y otras dos fincas embargadas a la mercantil como responsable civil subsidiaria de la fianza de 1.990.689,36 euros impuesta a la dueña del establecimiento, María del Carmen García Sánchez, a fin de concretar si el valor de lo embargado supera la cantidad fijada como fianza civil.

   El abogado del restaurante recurrió el decreto por el que se embargaban el propio restaurante, otra finca situada en esa misma zona de la calle Betis pero en sus números pares, y un apartamento en Arévalo (Ávila), y pidió una tasación de los mismos, pues estimaba "no ajustado a derecho" el embargo de los bienes referidos, los cuales "superan con mucho el doble de la cantidad a afianzar, causando un perjuicio innecesario a la mercantil".

   Por medio de un auto, al que ha tenido acceso Europa Press, la instructora accede a lo solicitado por el letrado y acuerda que sea la mercantil la que nombre un perito judicial a su costa "al objeto de tasar las fincas registrales antes referidas en aras a verificar la suficiencia o no de los embargos trabados".

   La juez señala que esta tasación, no obstante, "no debe suspender en modo alguno la resolución del presente recurso, pues a falta de tasación pericial de los mismos, entendemos correcto el embargo de tales bienes habida cuenta la cantidad por la que se ha exigido fianza".

   Todo ello, añade la magistrada, "sin perjuicio de que una vez tasados tales bienes a instancia de la parte, y a la vista de la valoración que se haga de los mismos, se pueda solicitar e incluso acordar de oficio por la secretaria judicial en el ámbito de sus competencias alzar el embargo de los bienes en aquello que exceda la cuantía de la fianza fijada en autos".

   La juez, en este auto, deja claro que, con este embargo, no se ha causado "ningún perjuicio" más allá de la anotación del mismo en el Registro de la Propiedad correspondiente, habiéndose cumplido con el precepto de la Ley de Enjuiciamiento Criminal según el cual "cuando señalaren bienes y el alguacil encargado de hacer el embargo creyese que los señalados no son suficientes, embargará además los que considere necesarios".

   Al hilo, Alaya dice que, en este caso, se ha cumplido con dicho precepto, ya que "no podemos olvidar que hace más de dos años, concretamente con fecha 12 de marzo de 2012, ya se requirió" a la propietaria de Río Grande para que en el plazo de diez días designara bienes, pese a lo cual únicamente designó las participaciones que tiene en la mercantil Río Grande S.L., las cuales fueron embargadas.

   "Siendo a todas luces insuficientes para cubrir las cantidades impuestas como fianza ascendentes a 1.990.689,36 euros, se decretó con fecha 13 de febrero de 2014 el embargo de tres bienes inmuebles pertenecientes a la entidad Río Grande, tomando como fundamento del mismo la llamada al proceso que con fecha 4 de octubre de 2013 se hizo a Río Grande como responsable civil al ser ésta imputada su propietaria y administradora única", argumenta la juez.


EL RECURSO

   En su recurso, el abogado de la mercantil estima "no ajustado a derecho" el embargo de los bienes referidos, los cuales "superan con mucho el doble de la cantidad a afianzar, causando un perjuicio innecesario a la mercantil", recordando que, según la Ley de Enjuiciamiento Criminal, "será suficiente que la valoración de los inmuebles embargados sea el doble que el de la fianza constituida en metálico".

   A este respecto, adjunta la oferta vinculante que Banesto le remitió para la concesión de un préstamo hipotecario, con fecha 29 de noviembre de 2012, por la que "el valor sólo" de la finca donde se ubica el restaurante "asciende a 5.238.957 euros, y tal y como se desprende de la lectura de la nota simple aportada por la Guardia Civil, responde de hasta 9.189.692,8 euros".

   Por todo ello, pidió a la juez que acordara la tasación de las fincas embargadas, designando perito para ello, "tras lo cual se acordará revisar el decreto impugnado, en el sentido de levantar el embargo trabado sobre aquellos bienes que, a la vista de las valoraciones practicadas, se muestre innecesario y perjudicial para el responsable civil".

   Hay que recordar que la juez de Instrucción número 15 de Sevilla ha imputado a la dueña de Río Grande por un delito de estafa tras vender el negocio ocultando que la juez Alaya le había embargado sus participaciones sociales en el mismo a fin de cubrir la fianza de responsabilidad civil de 1.990.689,36 euros que le impuso.

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