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Sevilla

Prisión sin fianza para el presunto asesino de Olivares

La jueza del Juzgado de Violencia sobre la Mujer de Sanlucar la Mayor ha ordenado el ingreso en prisión provisional, comunicada y sin fianza, para el detenido

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  • Lugar del suceso.

La jueza del Juzgado de Violencia sobre la Mujer de Sanlucar la Mayor (Sevilla) ha ordenado el ingreso en prisión provisional, comunicada y sin fianza, para J.M.R.M., el hombre detenido como presunto autor del crimen de violencia de género perpetrado en Olivares, donde este varón de nacionalidad dominicana habría apuñalado mortalmente a su pareja, S.G.E., de 26 años y la misma nacionalidad.

Tras escuchar la declaración del detenido durante esta mañana, y atendiendo a la petición de la Fiscalía, la juez ha acordado la medida cautelar de prisión provisional e inicia la investigación al detenido, "por un presunto delito de homicidio", según informa el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA).

Los hechos acontecieron el pasado domingo, en el domicilio de una mujer mayor en la que ella trabajaba como cuidadora, en la calle Primero de Mayo de Olivares. Allí, J.M.R.M. habría apuñalado mortalmente a su expareja, de 26 años de edad y con dos hijos a su cargo, siendo posteriormente detenido.

El pasado día 17 de septiembre, la mujer había acudido al cuartel de la Guardia Civil de Sanlúcar la Mayor para denunciar que, ya entonces, había sido agredida por su marido, tras lo que los agentes detuvieron a éste dos horas más tarde, poniéndolo a disposición judicial.

En este sentido, y según el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, la mujer denunció los supuestos malos tratos, al mismo tiempo que solicitó una orden de protección. La juez de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Sanlúcar la Mayor, no obstante, denegó la orden de protección solicitada por la mujer, una medida a la que el Ministerio Fiscal también se opuso ya que el informe de las fuerzas de seguridad "era de riesgo no apreciado", no constando más denuncias de la víctima en los juzgados de Sanlúcar la Mayor.

En el auto de denegación de la medida solicitada, se señalan como fundamentos para denegar la orden de protección las versiones contradictorias de ambos, el parte de lesiones aportado por el denunciado, al que no les constaban antecedentes penales, así como la calificación de "riesgo no apreciado" realizada por las fuerzas de seguridad.

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