Facua Sevilla se ha dirigido a la empresa municipal de transportes de Sevilla, Tussam, para instarle a que compense a los usuarios que disponen de una tarjeta para estudiantes por el tiempo en el que "no han podido utilizarlo debido a la limitación a la circulación que impuso el estado de alarma desde el 14 de marzo".
En una nota, la asociación señala que ha tenido conocimiento de que la empresa pública ha tomado la decisión de "no compensar a los usuarios por el tiempo en que no pudieron utilizar este título de transporte ni extender su vigencia".
"Según han publicado medios de comunicación, Tussam ha informado de que la empresa ha dado cumplimiento a sus obligaciones contractuales poniendo a disposición del usuario el servicio de transporte durante el estado de alarma, de tal forma que la no utilización del título de viaje por su titular no otorga derecho a compensación alguna", indica.
En este sentido, Facua Sevilla recuerda que el artículo 7.1 del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el Covid-19, limitó de forma expresa la libre circulación de los ciudadanos. "Esto ha supuesto una imposibilidad de que los usuarios utilicen esta tarjeta, teniendo en cuenta las consecuencias jurídicas y de salud que podía acarrear para ellos el quebranto de la prohibición de circulación", añade.
Así, la asociación advierte de que, dado que en el ordenamiento jurídico español rige el principio de conservación contractual, el contrato de la tarjeta para estudiantes debe entenderse "suspendido" durante la vigencia del estado de alarma, "reanudándose una vez ha finalizado, por lo que se debería compensar a los usuarios por el periodo en que se han visto imposibilitado para usarlo".
Facua Sevilla indica que, si Tussam siguiera optando por el cobro íntegro de este título de viaje sin compensar a los usuarios o sin prorrogar su vigencia, podría "estar actuando contra la buena fe contractual en su único beneficio, al estar recibiendo unos ingresos por un servicio que no está prestando a los ciudadanos".
La asociación considera que la empresa pública de transporte estaría incurriendo así en un "comportamiento abusivo, tal y como establece el artículo 82.1 del Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias".
Ese artículo señalaría que "se considerarán cláusulas abusivas todas aquellas estipulaciones no negociadas individualmente y todas aquéllas prácticas no consentidas expresamente que, en contra de las exigencias de la buena fe causen, en perjuicio del consumidor y usuario, un desequilibrio importante de los derechos y obligaciones de las partes que se deriven del contrato".
De igual forma, añade que el artículo 87 de la citada normativa considera una práctica abusiva "la pérdida de las cantidades abonadas por adelantado" y el "abono de cantidades por servicios no prestados efectivamente".
La asociación critica que con esta medida Tussam "parece perseguir únicamente la rentabilidad económica, olvidando el principio de vocación de servicio público que debe regir sus actuaciones".
"El colectivo estudiantil, además, se ha visto especialmente perjudicado por el estado de alarma, ya que la suspensión de las clases presenciales eliminó la necesidad de utilizar un título de viaje por el que ya habían pagado. Esta circunstancia pone en evidencia la imposibilidad de que los usuarios utilizaran la tarjeta durante el estado de alarma, puesto que la finalidad de su uso se vio interrumpida", insiste.
Facua Sevilla recuerda que en marzo ya se dirigió a Tussam para reclamarle que prolongara la vigencia de todos los títulos de viaje de renovación periódica: tarjeta 30 días, estudiantes, tercera edad y tarjeta social, entre otros. Hasta la fecha, la asociación no ha recibido respuesta.