El juzgado de lo Social número seis de Sevilla tiene previsto celebrar este martes a las 11,00 el juicio correspondiente a la impugnación del despido acometido por la sociedad Metro de Sevilla, participada mayoritariamente por la corporación Globalvía y en un 11,76 por ciento por la Junta de Andalucía, sobre un miembro de su plantilla que viajó en el suburbano junto a su hijo en horas fuera de servicio usando para ello su tarjeta de trabajador.
Según informaba a Europa Press el presidente del comité de empresa del metro, Diego Escudero (Sindicato Independiente de Trabajadores del Transporte, SITT), tras concluir en su momento sin avenencia el acto de conciliación celebrado al respecto en el seno del Centro de Mediación, Arbitraje y Conciliación (Cemac), y ser denunciado el despido por la vía Social, un juzgado de dicho orden se había hecho cargo del asunto.
Dicho juzgado, el Social número seis según han precisado a Europa Press fuentes del comité de empresa, tiene fijado el juicio para este martes a las 11 horas, al objeto de resolver la demanda contra el despido, mediante la que el afectado reclama la "nulidad" de la resolución de la relación laboral.
El caso de este trabajador, despedido por presunto "fraude" a la empresa al viajar con su hijo en el metro en horas ajenas a su jornada laboral usando para ello su tarjeta de empleado, junto con el despido de otro empleado por supuesto bajo rendimiento, una suspensión de empleo y sueldo de siete días a una trabajadora presente cuando el primero de los afectados incurrió en la práctica descrita y otros expedientes sancionadores más fueron el motivo de las movilizaciones promovidas por la plantilla del metro el otoño de 2019.
La plantilla llegó a impulsar una huelga indefinida, si bien la misma fue finalmente anulada a cuenta de un "defecto de forma" en la convocatoria supuestamente denunciado por la dirección de la empresa.
De cualquier modo, Diego Escudero recordaba que la situación por la que fue despedido el mencionado trabajador se produjo sólo desde la estación de San Bernardo a la del Prado de San Sebastián, para que el hijo del empleado, menor de edad, viera el espacio de trabajo del mismo.
En el caso del trabajador despedido por presunto bajo rendimiento, la empresa habría reconocido la "improcedencia" de su despido, optando por una indemnización finalmente aceptada por el afectado, siempre según Diego Escudero.