Se trata de establecer un referente mínimo común de ámbito estatal que garantice la igualdad y la no discriminación en el acceso y utilización de instalaciones, edificios o locales, tanto públicos, como privados.
Así, el Código Técnico de Edificación, que entró en vigor plenamente el año pasado, establece a partir de ahora unas condiciones mínimas de accesibilidad aplicables a todas las nuevas construcciones, con el objetivo de alcanzar una accesibilidad “real y total”.
Por ello, el Gobierno ha creado una Comisión de Accesibilidad que “abordará la aplicación de esta medida en los edificios y patrimonio que ya existen”.
Las medidas sobre seguridad de utilización que ya regulaba el CTE se amplían ahora para posibilitar su uso a personas discapacitadas, con la incorporación de escaleras, desniveles, rampas, iluminación mínima o reducción del riesgo de quedar atrapado.
En caso de incendio, por ejemplo, se incorporan nuevas exigencias para que las personas con discapacidad puedan abandonar el edificio o alcanzar zonas seguras, con la creación de zonas de refugio, ascensores y salidas de emergencia accesibles.
La modificación del Código elimina también la llamada accesibilidad “de segundo nivel” que permitía algunas normativas autonómicas menos estrictas, que creaban itinerarios denominados “practicables”.
A partir de ahora, sólo se describe como único y obligatorio un “itinerario accesible” que ha de cumplir las condiciones necesarias para la movilidad de las personas.
Además, el principio de “accesibilidad para todos” amplía el número de colectivos beneficiados por estas novedades en el CTE, además de a las personas que se desplazan en silla de ruedas o los invidentes, incorporará a los mayores, gente con movilidad reducida o los ciudadanos con discapacidad auditiva o cognitiva.
Entre otras medidas, el código introduce condiciones para viviendas específicas destinadas a personas con discapacidad auditiva, plazas reservadas en locales o en espectáculos, o sistemas de bucle de inducción magnética en taquillas o mostradores de información.
También añade puntos de llamada y atención accesible en edificios públicos, contrastes visuales para que las personas con alguna discapacidad visual los puedan percibir y pavimentos táctiles en la señalización de elementos potencialmente peligrosos.
Incorpora asimismo itinerarios de vías públicas o puntos de atención accesible en edificios públicos y señalizaciones de alerta en las salidas de vehículos de aparcamientos públicos.
La reforma del CTE se ha elaborado según el mandato de la Ley de Igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad, que establece que el Gobierno debe regular unas condiciones básicas de accesibilidad, sin perjuicio de las competencias de las CCAA y ayuntamientos.