Según el escrito de calificación fiscal, en mayo de 2003 el arquitecto realizó una declaración de obra nueva de una vivienda situada en el Llano de las Maravillas que manifestaba estar terminada en 1998. Sin embargo, las ortografías realizadas durante los años 2001/2002 por la Consejería de Obras Públicas de la Junta demostraron que en tales fechas no existía en la parcela edificación alguna.
De esa forma “se pretendía -según señalan desde la Fiscalía- evitar el ejercicio por parte del Ayuntamiento de las potestades de disciplina urbanística por supuesta prescripción de las infracciones”, dado que la vivienda se situaba en suelo urbano no consolidado. Esta misma operación la repitió el arquitecto en una segunda casa.
Finalmente, con posterioridad a estos hechos, uno de los acusados procedió a la división horizontal de ambas fincas, quedando constituida la primera en dos viviendas unifamiliares y la segunda en cuatro viviendas que fueron puestas todas a la venta.