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La tribuna de Viva Sevilla

Polígonos industriales de Sevilla

Aprovechando obras obligatorias para el Ayuntamiento se pretende imponer, con carácter obligatorio, que los empresarios se constituyan en Entidad urbanística de conservación, para que sean estos propietarios de los polígonos afectados quienes tengan que padecer ese coste, como nueva carga.

La Gerencia de Urbanismo del Ayuntamiento de Sevilla pretende imputar un gravamen a los empresarios instalados en determinados polígonos industriales (ej. Carretera Amarilla, Calonge, Store, Aeropuerto,...), obligándoles a que asuman la totalidad de los gastos de conservación y mantenimiento de las calles, alumbrado público, jardinería, recogida de basuras, etc., siendo un coste imprevisto que irrogaría una exorbitante cifra que tendrían que abonar. Eso es lo que significan las Entidades urbanísticas de Conservación de carácter obligatorio.


Pensemos que para que en su día estos empresarios se asentasen en estos polígonos  hubo que darles toda clase de facilidades, beneficios económicos e incentivos fiscales. Así, por parte del Estado, sobre los años 60 y a través de los Polos de Desarrollo Industrial, se ejecutó la urbanización, se vendieron los solares resultantes a exiguo precio, otorgándose subvenciones y muchas facilidades. Lógico si se quería atraer al empresario para que contribuyera al "despegue" económico de nuestra ciudad, dotándosele de más puestos de trabajo. En suma, se adoptan estas medidas para generar y afianzar riqueza en Sevilla.


El promotor de esas obras fue el Estado, no habiendo previsto nada (como pude ser la constitución de una Entidad urbanística de Conservación) que pudiera "asustar" a que el empresario se instalase allí, resultando estos polígonos integrados en el núcleo tradicional (ciudad consolidada) y unidos a su "malla urbana".


Luego en los años 70, una vez ejecutada por el Estado la obra de urbanización de algunos de esos polígonos, fue recepcionada por el Ayuntamiento, comenzando la obligación de su mantenimiento y conservación por el Consistorio. Precisamente parte de nuestros impuestos se pagan para que sea atendida esa obligación municipal de preservación. Por ende, cuando se dice desde el propio PGOU de Sevilla que esa infraestructura está en deficiente o mal estado de cuidado y atención, es sólo por responsabilidad del propio Ayuntamiento.


Como "solución" a esa insuficiente conservación en la que se encontraban, se han redactado Proyectos de Reurbanización y se han ejecutado algunas obras de adecentamiento, y ahora, aprovechando esas obras que eran obligatorias para el Ayuntamiento (al objeto de mantenerlas en las condiciones debidas) es cuando se les pretende imponer, con carácter obligatorio el que los empresarios se constituyan en Entidad urbanística de conservación, para que sean estos propietarios de los polígonos afectados quienes tengan que padecer ese coste, como nueva carga o gravamen, que estimamos ilegal e ilegítima, si bien previstas por el actual PGOU gestado, tramitado y aprobado en (y para) épocas de apogeo económico y del "boom" inmobiliario.


Esta actuación, no obstante, en parte es un "legado heredado" preestablecido desde el vigente PGOU de Sevilla, si bien se estima que ni es ajustado al ordenamiento jurídico, al carecer de la preceptiva justificación suficiente, ni se está realizando como se debiera, introduciéndose criterios de pago repudiados desde los Tribunales de justicia, y actuando de forma ilegítima y global en los Polígonos cuando sólo se autorizaba por ese PGOU la actuación parcial, es decir, por zonas concretas o manzanas en el interior de cada ámbito de cada Polígono.


¿Pretendemos con este proceder "espantar" a este tejido empresarial para que se localice fuera del término municipal de Sevilla en donde no tenga que soportar este ilegítimo e inoportuno gravamen, provocando un retraso en todo atisbo de recuperación económica de nuestra Ciudad?.
Está claro que si el Ayuntamiento no asume ese coste, sus arcas se mejoran a corto plazo, pero a medio y largo plazo podría provocar penuria y paro en la Ciudad.


Si se ve que es perjudicial, en vez de imponer la constitución de las Entidades de conservación, aprovechen la oportunidad de abolir esa imposición (por atentar contra el interés público) mediante una innovación del actual PGOU de Sevilla.

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